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Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología PROGRAMA DE CREDITO FISCAL Resolución 413/2003 Apruébase la entrega de certificados de crédito fiscal correspondientes a empresas patrocinantes, en las solicitudes de asignación de gastos operativos aprob




Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
PROGRAMA DE CREDITO FISCAL
Resolución 413/2003
Apruébase la entrega de certificados de crédito fiscal correspondientes a empresas patrocinantes, en las solicitudes de asignación de gastos operativos aprobadas, correspondientes al cupo de Crédito Fiscal 2001.
Bs. As., 19/9/2003
VISTO la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, las Leyes Nº 25.401, Nº 22.317, Nº 23.653, Nº 24.624, los Decretos Nº 355 y Nº 357 ambos de fecha 21 de febrero de 2002, Nº 1895 de fecha 24 de septiembre de 2002, y la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA Nº 08 de fecha de 14 de marzo de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.401, de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2001, fijó el cupo anual al que se refiere el artículo 3º de la Ley Nº 22.317, estableciendo que el mismo será administrado por el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, en la parte que le corresponde.
Que la Ley Nº 22.317 ha autorizado a las personas de existencia visible o ideal, que desarrollen actividades económicas, para acceder al cómputo del crédito fiscal por un monto equivalente a un porcentaje de su masa salarial y atender gastos vinculados con el sostenimiento de la educación técnica y/o tecnológica.
Que conforme la normativa dictada desde el año 1998, el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, viene administrando el régimen de la Ley 22.317, y fijando el procedimiento para la presentación evaluación y ejecución de acciones, a tal fin.
Que actualmente existen diversos trámites de solicitudes de gastos operativos pendientes de certificación, en los que se han presentado dificultades, a raíz de las modificaciones del régimen cambiario y del sistema financiero, ocurridas en nuestro país durante el año 2001.
Que por la situación antes descripta, no se ha podido concretar la entrega de los certificados de crédito fiscal y por lo tanto, tampoco se ha brindado el apoyo previsto a la educación técnica, por la Ley 22.317 de crédito fiscal.
Que ello demanda la adopción de medidas tendientes a dar solución a la problemática instaurada, a efectos de garantizar la óptima eje- cución de las asignaciones aprobadas bajo el Régimen de Crédito Fiscal del año 2001.
Que asimismo, también corresponde adoptar medidas para asegurar el la efectiva contribución de las empresas patrocinantes, en orden a los principios legales que rigen la asignación de este recurso.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, ha tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 355 y Nº 357, ambos de fecha 21 de febrero de 2002.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar la entrega de certificados de crédito fiscal correspondientes a las empresas patrocinantes, en las solicitudes de asignación de gastos operativos aprobadas, correspondientes al cupo de Crédito Fiscal 2001. Este acto deberá formalizarse, conforme el Acta de Entrega cuyo modelo consta en el Anexo l de la presente y verificando el efectivo aporte efectuado al establecimiento educativo beneficiario.
Art. 2º — Establecer que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, comunicará a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) el certificado emitido, una vez que se corrobore la efectiva acreditación del aporte efectuado por la empresa patrocinante.
Art. 3º — Las solicitudes de gastos operativos aprobados e incluidos en la presente Resolución, son los indicados en el Anexo II que integra la presente.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel F. Filmus.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

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