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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS Resolución 143/2005




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución 143/2005

Bs. As., 15/3/2005

VISTO el Expediente N° S01: 0075126/2005 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en el cual se detalla que se han cumplido todos los requisitos establecidos en la Resolución N° 39 de fecha 11 de julio de 2003 de la mencionada Secretaría en lo referido al otorgamiento de permisos para la comercialización de materiales genéticamente modificados, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 209 de fecha 1 de septiembre de 2003 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se autorizó la flexibilización de las condiciones de los permisos para la liberación al medio de la semilla de maíz genéticamente modificada resistente a insectos Lepidópteros y tolerante al herbicida glufosinato de amonio, derivada del evento de transformación TC1507, sin que ésta implicara autorización para la comercialización de la misma.

Que para otorgar dicha autorización, fue presentada ante la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) la documentación requerida por la Resolución N° 131 de fecha 26 de octubre de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que de la evaluación y análisis de los estudios presentados no surge ninguna diferencia significativa entre el maíz o los productos derivados del evento de transformación TC 1507, con respecto a cualquier otro maíz obtenido por técnicas convencionales, otra que la producida por la modificación genética indicada arriba.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con fecha 30 de diciembre de 2003, se ha expedido favorablemente en relación al uso alimentario, humano y animal del mencionado material genéticamente modificado y sus productos derivados.

Que la Dirección Nacional de Mercados de la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la citada Secretaría, con fecha 11 de marzo de 2005, ha expresado su opinión favorable respecto de la comercialización y uso del material en cuestión, así como de sus subproductos.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 25 del 27 de mayo de 2003, modificado por su similar N° 1359 del 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorizase la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de ésta, proveniente de variedades e híbridos de maíz genéticamente modificados resistente a insectos Lepidópteros y tolerante al herbicida glufosinato de amonio, solicitada por las empresas DOW AGROSCIENCES ARGENTINA S.A. y PIONEER ARGENTINA S.A., derivada del evento de transformación TC1507.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. MIGUEL SANTIAGO CAMPOS, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

e. 18/3 N° 474.681 v. 18/3/2005

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