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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES




(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1128/2006 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 21/6/2006, texto según art. 1° de la Resolución N° 1317/2006 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 18/7/2006, se prorroga hasta el 30/9/2006 la suspensión dispuesta por art. 1° de la Disposición N° 2897/2005 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 5/1/2006. Vigencia: desde el 1/6/2006).
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 2425/2005
Bs. As., 6/10/2005
VISTO las Resoluciones Nros. 1877/05/INCAA, 2206/05/INCAA y 2207/05/INCAA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 1877/05/INCAA de fecha 1 de agosto de 2005 se aprobó la nueva estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que con fecha 16 de agosto de 2005 se dictó la Resolución N° 1989/05/INCAA, mediante la cual se aprobó la nueva escala salarial sobre la cual se efectuará el cálculo para la liquidación de los salarios del personal del Organismo.
Que mediante Resolución N° 2206/05/INCAA se delegó a la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA la organización administrativa del mismo, otorgándole competencia para celebrar determinados actos, conforme el detalle de carácter enunciativo que se efectuara en el ANEXO I de la misma.
Que por Resolución N° 2207/05/INCAA se nombró a los agentes que ocuparán los diferentes cargos creados por la Resolución que se menciona en el párrafo anterior y que en la misma se ha incurrido en un error material involuntario en el artículo 3°.
Que teniendo en cuenta las facultades delegadas y las Responsabilidades Primarias y Acciones de la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, es menester enumerar diferentes facultades delegadas correspondientes al procedimiento de contratación y licitación.
Que asimismo, es necesario detallar responsabilidades primarias y acciones con respecto a las facultades delegadas en el párrafo anterior.
Que por Resolución N° 2206/05/INCAA se dispuso la apertura de una cuenta bancaria a nombre de "INCAA-FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA" y que por ende es menester se efectúen los trámites correspondientes, siendo necesario contar con un tiempo acorde con la mencionada tramitación, por lo que corresponde se utilice la Cuenta Bancaria del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES hasta tanto se cree la cuenta bancaria correspondiente al FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA.
Que corresponde fijar el monto correspondiente a la Caja Chica con que se manejará la UNIDAD DEL FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA y el monto máximo que se podrá abonar por gasto efectuado con fondos de la Caja Chica.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3° de la Ley N° 19.549, la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01) y Decreto N° 1536/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase e incorpórase como facultades delegadas a la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA, las que se mencionan en el ANEXO I de la presente Resolución, formando parte integrante de la presente conjuntamente con las mencionadas en el ANEXO I aprobadas por Resolución N° 2206/05/INCAA.
ARTICULO 2º — Apruébanse e incorpóranse las Responsabilidades Primarias y Acciones de la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA, las que se mencionan en el ANEXO II de la presente Resolución, formando parte integrante de la presente Resolución conjuntamente con las mencionadas en el ANEXO II aprobadas por Resolución N° 2206/05/INCAA.
ARTICULO 3º — Modifícase el artículo 3° de la Resolución N° 2207/05/INCAA, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Déjase constancia que el ANEXO I mencionado en el artículo 2° forma parte integrante de la presente Resolución".
ARTICULO 4º — Dispóngase que hasta tanto se proceda a la apertura de la Cuenta bancaria a nombre de "INCAA-FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA" se utilice la Cuenta Bancaria del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTICULO 5º — Fíjase el monto de Caja Chica con que se manejará la UNIDAD FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00.-).
ARTICULO 6º — Fíjase el monto máximo que se podrá abonar por gasto efectuado con fondos de la Caja Chica en la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00.-).
ARTICULO 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JORGE COSCIA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I DE LA RESOLUCION N°: 2426
FACULTADES DELEGADAS A LA UNIDAD FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA
Con carácter enunciativo se detallan, las siguientes facultades delegadas:
- Celebrar las contrataciones de bienes y servicios a través del Régimen de Compras Interno del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, aprobado por Resolución N° 1591/04/ INCAA.
- Planificar y efectuar toda la tramitación pertinente a las licitaciones, incluido el acto de apertura hasta su adjudicación inclusive.
- Publicar en la página web del Festival Internacional de Mar del Plata toda publicación referente a las contrataciones que se efectúen por el Régimen aprobado por Resolución N° 1591/04/INCAA.
- Designación de los miembros de la Comisión Evaluadora en el procedimiento licitatorio.
- Supervisar, gestionar y celebrar todas aquellas contrataciones que sean atinentes al desarrollo del Festival.
- Autorizar gastos cualquiera fuera su monto, aplicando la normativa que corresponda.
- Celebrar contratos bajo el Régimen de locación de obras.
- Comprar por Caja Chica o fondo fijo.
- Celebrar Convenios de reciprocidad de asistencia.
- Dictar todo acto administrativo (Resoluciones) correspondiente a la organización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata, atento las facultades delegadas.
ANEXO II DE LA RESOLUCION N°: 2425
FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA
PRODUCTOR EJECUTIVO:
Acciones
- Supervisar, gestionar y celebrar todas aquellas contrataciones atinentes al desarrollo del Festival.
- Planificar, desarrollar y celebrar todo tipo de contrataciones referentes a bienes y servicios aplicando el régimen de compras interno del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, aprobado por Resolución N° 1591/04/INCAA.
- Planificar y efectuar toda la tramitación pertinente a las licitaciones, incluido el acto de apertura hasta la adjudicación inclusive.
- Designar los miembros de la Comisión evaluadora en el procedimiento licitatorio.
- Autorizar gastos cualquiera fuera su monto, aplicando la normativa que corresponda, pudiendo delegar esta función en el Coordinador de Administración hasta un monto de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00.-).
- Celebrar contratos bajo el Régimen de locación de obras, pudiendo delegar esta función en el Coordinador de Administración.
- Comprar por Caja Chica o fondo fijo
- Celebrar Convenios de reciprocidad de asistencia
- Dictar todo acto administrativo (Resoluciones) correspondiente a la organización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata, atento las facultades delegadas
- Efectuar todas las tramitaciones que sean menester para el desarrollo del Festival.
COORDINADOR DE ADMINISTRACION
Acciones
- Asistir al productor ejecutivo del festival en el desarrollo de la adquisición de bienes y servicios.
- Asistir al productor ejecutivo del festival en el desarrollo de las contrataciones.
- Elevar al Productor Ejecutivo del festival los requerimientos referentes a los pedidos de suministros.
- Recepción de las ofertas y aperturas de sobres en los casos de licitaciones y Contrataciones Directas.
- Efectuar las contrataciones referentes a la seguridad, contratando los seguros que correspondan.
- Cualquier función que sea delegada expresamente por el Productor Ejecutivo.
e. 28/11 Nº 498.817 v. 28/11/2005

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