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Usufructo. URGENTE


Estoy estudiando Reales y en unos apuntes tengo el siguiente planteo:

1. Padre y Madre, titulares de una propiedad, realizan un adelanto de herencia para con una de sus hijas, registrando su nombre como nueva titular de la propiedad. Se reservan el usufructo a su favor en el mismo acto.
El Padre (uno de los usufructuarios) fallece. La madre sigue viva.
a. El usufructo sobre la propiedad se extingue aqui o queda todo el derecho a favor de la Madre?
Segun la respuesta que me den, seran las siguientes preguntas.
Gracias!!!

kiara_mza Sin Definir Universidad

Respuestas
UMSA
EJA Moderador Creado: 22/12/10
Me parece que ni una cosa ni la otra.

"En el caso de que se configure el cousufructo, cabe señalar que la muerte de uno de los cousufructuarios no acarrea la extinción del usufructo sino que el mismo perdurará en cabeza de los restantes cousufructuarios hasta el vencimiento del plazo convenido o, en su defecto, hasta la muerte del último usufructuario" (Código Civil Comentado - Kiper).

Al respecto, la jurisprudencia ha dicho: "El usufructo dado en forma conjunta no concluye con la muerte de uno de los usufructuarios, ya que en tal supuesto, por propio ministerio de la ley y su teleología, se opera automáticamente la restitución por sustitución de su porción indivisa a la nuda propietaria, al no haberse previsto expresamente que esa contingencia acrecentaría la porción del sobreviviente".

La madre no tendría derecho acrecer, salvo disposición en contrario, que no aparece especificada en el caso. Así lo establece el art. 2823 del CC: "Siendo dos o más los usufructuarios, no habrá entre ellos derecho de acrecer, a menos que en el instrumento constitutivo del usufructo se estipulare o dispusiere expresamente lo contrario".

Saludos.

UNLP
JavierMir Ingresante Creado: 28/12/10
Sin dudas en el post de EJA tenes todo lo que necesitas para evacuar tu duda, pero como laburo con Escribanos me voy a permitir hacerte un pequeño ejemplo con tu caso, el cual, en conjunto con el post anteriormente citado, tal vez pueda ayudarte con tu dilema.

Una vez constituido el usufructo, la cosa quedaria asi:

Padre: Usufructuario 1/2ava parte indivisa.
Madre: Usufructuaria 1/2ava.parte indivisa.
Hija: Nuda Propietaria 1/1 (Total del bien).-

Muere el padre, entonces la cosa quedaria asi:

Madre: Usufructuaria 1/2ava.parte indivisa.
Hija: Nuda propietaria 1/2ava parte indivisa (Puesto que el usufructo de esa mitad indivisa lo detenta su madre); Y por otro lado es Titular de dominio de la otra mitad indivisa (ya que era nuda propietaria, y al morir el padre ella queda en cabeza de la nuda propiedad y del usufructo por la parte indivisa del padre).-

Lo anterior es el caso comun.
Ahora bien, si en la escritura de constitucion o reserva de usufructo, se deja constancia de que existira el DERECHO DE ACRECER ENTRE AMBOS USUFRUCTUARIOS, la cosa seria de la siguiente manera:

Madre: Usufructuaria 100% del bien (El derecho de acrecer hace que el usufructo quede en cabeza de/los usufructuario/s vivo/s.-
Hija: Nuda propietaria 100% del bien.-

Espero haber sido de ayuda. Saludos

Sin Definir Universidad
kiara_mza Ingresante Creado: 12/04/11
Siguiendo con el caso de usufructo...

¿Hay alguna forma de que se extinga por el "no uso" el derecho de usufructo de la madre?

El caso en resumen, dice que la madre nunca tuvo domicilio en la propiedad, así como también, los impuestos los pagó siempre la hija, a nombre de ella y sumado a esto, no hubo desde que se realizó el usufructo, ningún contrato de locación de la madre como locador.

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