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SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES




SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución N° 106/2005

7/12/2005

VISTO la Ley N° 24.156 y los Decretos Nros. 229, del 8 de marzo de 2000, y 103, del 25 de enero de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los decretos citados en el VISTO se creó el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, con el objeto de instrumentar compromisos de servicio por parte de los organismos públicos prestadores directos, donde se transparenten las condiciones y modalidades operativas de las prestaciones así como los derechos que, en relación al tema, asisten a los ciudadanos.

Que el precitado decreto, al precisar el ámbito de aplicación de Programa, dispuso que el mismo alcanzaba a los organismos comprendidos en el artículo N° 8 de la Ley N° 24.156, que define la integración del Sector Público Nacional.

Que la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES como organismo descentralizado que actúa en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, integra el Sector Público Nacional y debe, por ende, instrumentar la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

Que como integrante del Sector Público Nacional, alcanza también a esta administración lo dispuesto por el segundo de los Decretos citados en el VISTO, por el que se aprobó el PLAN DE MODERNIZACION de la Administración pública que figura como ANEXO I del decreto y uno de cuyos títulos está referido, precisamente, a la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

Que como responsable del control, fiscalización y verificación del Régimen de Capitalización, la SAFJP debe asumir con el máximo grado de rigor el resguardo, no sólo formal, sino también material, de los servicios que presta por mandato legal.

Que la calidad de los servicios que presta, constituye un derecho permanente de la ciudadanía y como tal un imperativo de irrenunciable cumplimiento por parte del Organismo.

Que la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, resultará de vital importancia para el funcionamiento interno de la Organización considerando que el compromiso público a asumir, en cuanto a la definición de estándares en los servicios que presta la SAFJP, redundará en una significativa mejora en la calidad de atención a los ciudadanos.

Que en mérito a lo expuesto, los pilares que sustentarán la consolidación de la transparencia en la gestión de la SAFJP son, aparte de la suscripción de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, la creación de nuevas formas de participación ciudadana.

Que a los fines de seguimiento, coordinación y evaluación del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO se constituirá la UNIDAD DE MONITOREO en el nivel central, integrada un Responsable designado por el Superintendente de AFJP y por los representantes de todas aquellas áreas que tengan responsabilidad directa o indirecta en los procesos y resultados comprometidos, para la carga de las mediciones en el Tablero de Control.

Que a los fines de garantizar una adecuada retroalimentación e implementación de acciones de mejora surgidas a partir de la información generada por las mediciones y el monitoreo del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, se constituirá un Comité de Calidad

Que por todo lo expuesto, es procedente dictar el acto administrativo respectivo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley 24241

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
RESUELVE:

ARTICULO 1: Impleméntase en todo el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO que, como ANEXO I integra la presente, por las razones y en un todo de acuerdo con los considerandos que anteceden.

ARTICULO 2: Establécese que la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la fecha de firma de esta Resolución

ARTICULO 3: Créase la UNIDAD DE MONITOREO del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO como área ad hoc dependiente del Superintendente, que tendrá como funciones: a) Analizar la información aportada por las Gerencias, b) Evaluar el nivel de cumplimiento de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO c) Establecer la metodología de análisis del cumplimiento de los estándares, d) Evaluar la veracidad y calidad de la información ingresada al Tablero de Control, y e) Redactar los informes de avance previstos en el Decreto 229/2000.

ARTICULO 4: Desígnese a la Unidad de Relaciones Institucionales, Afiliados y Beneficiarios y al Departamento de Organización y Métodos como Responsables de la UNIDAD DE MONITOREO del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO para entender en la orientación, inducción y coordinación de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO en la SAFJP, y a los representantes de todas aquellas áreas que tengan responsabilidad directa o indirecta en los procesos y resultados comprometidos, para la carga de las mediciones en el Tablero de Control.

ARTICULO 5: Las Gerencias deberán proporcionar la información pertinente que los Responsable de la UNIDAD DE MONITOREO del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO requiera con la periodicidad que éste determine, para el cumplimiento de sus funciones.

ARTICULO 6: Créase el Comité de Calidad, bajo la conducción del Superintendente o del Gerente General e integrado por los Responsables de las Gerencias y el Responsable de la Unidad de Monitoreo del Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, que se reunirá al menos una vez por mes, para analizar el nivel de cumplimiento de los compromisos, solicitar y proponer acciones correctivas, verificar la adecuada implementación de las acciones correctivas, entre otras acciones que pudieran contribuir a la mejora en la calidad de los servicios.

ARTICULO 7: Dispónese que la Unidad de Relaciones Institucionales, Afiliados y Beneficiarios, mediante la utilización de los medios de difusión que considere convenientes, impulsará una política de comunicación externa e interna, tendiente a poner en conocimiento del personal de este Organismo y de la Ciudadanía, la vigencia y los compromisos asumidos en el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

ARTICULO 8: Regístrese, comuníquese, publíquese y, oportunamente, archívese. — Dr. JUAN HORACIO GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 16/12 N° 500.602 v. 16/12/2005

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