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Subsecretaría de Transporte
TRANSPORTE DE CARGAS
Disposición 6/2003
Apruébanse el modelo de nota de solicitud de inclusión en el Régimen de Fomento de la Profesionalización del Transporte de Cargas (REFOP) y los formularios para la inscripción.
Bs. As., 2/12/2003
VISTO el Expediente N° S01:0246016/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Conjunta Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 28 de noviembre de 2003 se aprobó el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP).
Que por su parte, el Artículo 1º del Anexo de la resolución mencionada en el considerando precedente, encomienda a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR la aprobación del modelo de nota de solicitud de inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP), que deberán presentar aquellos que reúnan las características necesarias para ser beneficiario del mismo.
Que a tenor de lo expuesto, resulta necesario elaborar el pertinente modelo de nota, a fin de impulsar la implementación del régimen citado en el considerando precedente, en miras de la solicitud de inclusión en el mismo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la Resolución Conjunta Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN de fecha 28 de noviembre de 2003 y el Decreto N° 27 del 27 de mayo de 2003, brindan sustento suficiente para emitir el presente pronunciamiento.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DISPONE:
Artículo 1° — Apruébese el modelo de nota de solicitud de inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) en el marco de la Resolución Conjunta Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN de fecha 28 de noviembre de 2003, que como Anexo I forma parte integrante de la presente disposición.
Art. 2° — Apruébese el formulario para la inscripción en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) respecto de la primera presentación y el formulario a presentar respecto de cada período solicitado, que como Anexo II y Anexo III respectivamente, forman parte de la presente disposición.
Art. 3° — Los interesados deberán acreditar en la primera presentación que efectúen la personería que invoquen debiendo acompañarse los instrumentos respectivos en la misma oportunidad.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge González.
ANEXO I
SOLICITUD DE INCLUSION EN EL REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP)
SEÑOR SECRETARIO:
Me dirijo a Usted a fin de solicitarle la inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP), aprobado por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 28 de noviembre de 2003.
A tal efecto, acompaño la documentación requerida de conformidad con los Anexos II "Formulario para inscripción en el REFOP" y III "Formulario REFOP por cada período reclamado".
Asimismo declaro que acepto voluntariamente el régimen jurídico instituido por la Resolución Conjunta Nº 251 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 543 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 28 de noviembre de 2003, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 9º de la citada norma.
Atentamente.
AL SEÑOR SECRETARIO DE TRANSPORTE
S / D
ANEXO II





Notas aclaratorias


 
Nota Nº 1: Se incluirá en esta fila tanto el personal afectado en forma directa a la actividad objeto del beneficio (Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89) como una proporción del personal que cumpla funciones de Dirección, Supervisión, Gerencia General, Administración y Otras, cuya gestión resulte común a las áreas de actividad reflejadas en esta sección. Dicha proporción será determinada mediante la multiplicación del coeficiente, que surja del cociente entre el personal afectado en forma directa a la actividad objeto del beneficio con respecto a la suma de este personal y el afectado en forma directa a actividades no beneficiadas, por el número total de personas de las categorías de empleo pre-indicados.
Nota Nº 2: Se incluirá en esta fila tanto el personal afectado en forma directa a las actividades no alcanzadas por el beneficio como así también una proporción del personal que cumpla funciones de Dirección, Supervisión, Gerencia General, Administración y Otras, cuya gestión resulte común a las áreas de actividad reflejadas en esta sección.
Esta última proporción será determinada mediante la multiplicación del número que resulte de restar al número UNO (1) el coeficiente obtenido en la nota anterior.
ANEXO III

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