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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Y SECRETARIA DE LA CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Resolución Conjunta N° 114/2005-MEP y 322/2005-SC




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Y

SECRETARIA DE LA CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Conjunta N° 114/2005-MEP y 322/2005-SC

Bs. As., 1/3/2005

VISTO la decisión del señor Presidente de la Nación, Doctor D. Néstor Carlos KIRCHNER, de promover un proyecto de uso y ocupación del edificio denominado Palacio de Correos y Telecomunicaciones, sito en la manzana delimitada por las avenidas Leandro N. Alem y Corrientes y las calles Sarmiento y Bouchard de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que la administración por parte del ESTADO NACIONAL del uso del edificio del Palacio de Correos y Telecomunicaciones —Denominación catastral: Circunscripción 14, Sección 1, Manzana 60, Parcela 1—, brinda la oportunidad de concretar un emprendimiento de interés cultural, mediante el aprovechamiento racional de ese inmueble, y su mejor integración al circuito cultural y comercial constituido por otros edificios de la zona, de gran significación histórica y cultural.

Que la preservación de la Sucursal N° 1 del Correo Oficial permite mantener la memoria histórica de dicha Institución.

Que en la búsqueda de un uso adecuado para el edificio mencionado, se entiende como prioritario un enfoque cultural, que permita la realización de actividades que afirmen y potencien el concepto de respeto por su arquitectura y su historia.

Que la pertenencia del Palacio de Correos y Telecomunicaciones al patrimonio histórico y cultural del ESTADO NACIONAL indica la necesidad de que el proyecto contemple la mayor participación en su uso y aprovechamiento por parte de las Provincias, Municipios y comunidades de todo el país.

Que debe destacarse la propiedad y jurisdicción del ESTADO NACIONAL como titular del dominio del inmueble, en un marco de respeto por las normas urbanísticas y de medio ambiente vigentes en la mencionada Ciudad Autónoma.

Que por su magnitud e importancia, el proyecto debe contemplar todos los aspectos relativos a la formulación de un plan de ideas, la realización de las obras necesarias para su ejecución y su posterior utilización y aprovechamiento integral.

Que la realización de este proyecto, su significación e importancia para la recuperación, reafirmación y proyección del patrimonio nacional, habrá de constituir un homenaje del Gobierno Nacional como parte de las celebraciones del próximo Bicentenario de la Nación Argentina.

Que para el mejor logro de los objetivos del proyecto, es recomendable realizar un Concurso Nacional e Internacional de Ideas, que asegure la concreción de los propósitos mencionados, contemplando criterios de valoración urbanísticos, arquitectónicos, históricos, artísticos y culturales y respetando el carácter de Monumento Histórico que representa actualmente el citado edificio.

Que la gestión deberá estar orientada a seleccionar, entre los proyectos que se propongan, la mejor alternativa de uso y aprovechamiento del inmueble para el conjunto de la comunidad, resaltando su pertenencia al patrimonio histórico y cultural del ESTADO NACIONAL y contribuyendo a la preservación y realce del medio en el que se encuentra emplazado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Y
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVEN:

ARTICULO 1° — Constitúyese la "Unidad de Gestión del Proyecto Cultural y Urbanístico del Palacio de Correos y Telecomunicaciones", la que tendrá como misión realizar un Concurso Nacional e Internacional de Ideas para la ejecución de un Proyecto Integral de Refuncionalización de dicho edificio y su transformación en el "Centro Cultural del Bicentenario".

El proyecto deberá contemplar la formulación de un plan general de ideas, la proyección y realización de las obras necesarias y las respectivas propuestas de uso y aprovechamiento, acorde con la importancia que posee dicho inmueble para el patrimonio histórico, arquitectónico, artístico y cultural del ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 2° — La Unidad de Gestión del Proyecto Cultural y Urbanístico del Palacio de Correos y Telecomunicaciones constituida por el artículo anterior estará integrada por UN (1) Representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en su carácter de administrador del edificio, y por UN (1) Representante de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de órgano de definición de la política cultural del ESTADO NACIONAL.

ARTICULO 3° — Constitúyese un Consejo Asesor que, una vez concluida la etapa de formulación del plan general de ideas, tendrá como misión asistir a la mencionada Unidad de Gestión en la realización de todas las actividades necesarias para la puesta en práctica del mencionado plan.

ARTICULO 4° — El Consejo Asesor constituido por el artículo precedente será integrado por UN (1) Representante del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y UN (1) Representante de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que podrán ser los mismos a los cuales se refiere el Artículo 2°. Asimismo, serán invitados a integrar este Consejo Asesor UN (1) representante de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, UN (1) representante de la Sociedad Central de Arquitectos, UN (1) representante de asociaciones civiles vinculadas a actividades artísticas y culturales, UN (1) representante de aquellas otras organizaciones civiles que por su actividad puedan contribuir al éxito del proyecto y UN (1) representante de la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ROBERTO LAVAGNA, Ministro de Economía y Producción; Dr. JOSE NUN, Secretario de Cultura Presidencia de la Nación.

e. 3/3 N° 473.258 v. 3/3/2005

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