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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES




INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 342/2002

Bs. As., 3/5/2002

VISTO lo relativo a Registros de productores activos, directores activos y productores ejecutivos activos, y

CONSIDERANDO:

Que los fines de la evaluación de los proyectos que se presente en el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, se hace necesario contar con Registros de productores activos, directores activos y productores ejecutivos activos, a efectos de juzgar sobre la viabilidad de los proyectos.

Que al presente se carece de un Registros de tales características, el cual, si bien no es impuesto en forma obligatoria por la Ley N° 17.741, permitirá, como se expresa en el considerando anterior, contar con elementos necesarios para la evaluación de los proyectos que se presenten.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créanse los siguientes registros a ser llevados por la Dirección de Fiscalización, que se instrumentarán sin perjuicio de mantener los actualmente en vigencia:

1. Registro de productores activos

2. Registro de directores activos

3. Registro de productores ejecutivos activos.

ARTICULO 2° — Los registros enumerados en los incisos 1, 2 y 3 del artículo precedente, incluirán a:

1 . Personas físicas o jurídicas en actual actividad en una o más obra cinematográfica de largometraje en proceso de producción en el rubro respectivo.

2. Personas físicas o jurídicas que hayan intervenido en el rubro respectivo en una obra cinematográfica de largometraje estrenada en los últimos 2 años, sin contar el año en curso.

3. Personas físicas o jurídicas que hayan intervenido en el rubro respectivo en más de cinco obras cinematográficas de largometraje.

En el caso de las personas físicas que forman parte de los órganos de administración de empresas productoras, se incluirán para el cómputo aquellas películas en que la empresa participara durante su mandato.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JORGE COSCIA, Director Nacional, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 13/5 N° 382.592 v. 13/5/2002

Administracionius UNLP

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