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ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE AC-TIVOS




ENCUBRIMIENTO Y LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN DELICTIVO

Decreto 170/2001

Unidad de Información Financiera. Ley Nº 25.246, artículo 5º. Designación de los funcionarios en representación del Banco Central de la República Argentina, de la Administración Federal de Ingresos Públicos y de la Comisión Nacional de Valores.

Bs. As., 13/2/2001

VISTO el Decreto Nº 169/01, y

CONSIDERANDO:

Que por el aludido Decreto se estableció la conformación transitoria de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA creada por el artículo 5º de la Ley Nº 25.246 relativa al encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo.

Que, en esta instancia, corresponde designar a los funcionarios que habrán de integrar dicha Unidad en representación del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7, de la Constitución Nacional y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 169/01.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º
— Desígnase, en carácter de integrantes de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA creada por el artículo 5º de la Ley Nº 25.246 al Vicepresidente del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Licenciado D. Martín LAGOS (M.I. Nº 4.516.711), al Administrador Federal de Ingresos Públicos Doctor D. Héctor Constantino RODRIGUEZ (M.I. Nº 4.528.629), y al Vicepresidente de la COMISION NACIONAL DE VALORES Licenciado D. Hugo Luis SECONDINI (D.N.I. Nº 10.508.789).

Art. 2º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Jorge E. De La Rúa. — José L. Machinea.

Administracionius UNLP

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