Estoy en: Foro > Material Jurídico > Derecho Civil

Duda sobre Sucesiones en medio hermano


Tengo una duda por un caso personal, pero como todavia no curse sucesiones no se como trata esto el codigo.
El caso es el siguiente: mi tio muere(el cual no tiene hijos ni esposa) eredan mis tios y mi viejo. La cuestion es que yo tengo una tia(media hermana) por parte paterna, la pregunta es si ella recibe igualdad de fraccion en la herencia teniendo en cuenta que ella es solo media hermana di mis tios(incluyendo al muerto) y de mi viejo.
Lo pregunto por q el abogado todavia no nos dio respuesta!!!
Al que pueda ayudarme gracias

pariles Sin Definir Universidad

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 15/04/10
Creo que se aplica este articulo:

Art. 3586.
El medio hermano en concurrencia con hermanos de padre y madre, hereda la mitad de lo que corresponde a éstos.


Igual, asegurate bien porque sucesiones no es mi fuerte... De todos modos, si se trata de una cuestion personal, lo mejor es ir a un abogado.-


UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 15/04/10
Empezado por BJL

"Creo que se aplica este articulo:

Art. 3586.
El medio hermano en concurrencia con hermanos de padre y madre, hereda la mitad de lo que corresponde a éstos.


Igual, asegurate bien porque sucesiones no es mi fuerte... De todos modos, si se trata de una cuestion personal, lo mejor es ir a un abogado.-


"

+Ver post citado
tal cual

Saludos

Sin Definir Universidad
pariles Ingresante Creado: 15/04/10
gracias!!! una idea y un rumbo ya me diste. un abrazo
p/d: si alguien sabe algo mas espero sus respuesta

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 15/04/10
Aca encontre una Jurisprudencia relacionada

Jurisprudencialmente la influencia de la norma prevista en el artículo
3586 se circunscribe al supuesto de los hermanos y medios
hermanos, y no se extiende a los restantes casos; por ello, en las demás
sucesiones de parientes colaterales heredan por cabeza los parientes
de igual grado con prescindencia de la relación vincular unilateral o
bilateral con el causante'.
1 S.T. de Misiones, 15-9-58, L.L. 93-205 y J.A. 1960-V-372.

No me resulta muy claro el sumario (no pude encontrar el fallo) ¿Se refiere al supuesto de los tios? porque no se me ocurre otro supuesto en que concurran parientes de igual grado de vinculo unilateral

La verdad que este sumario me confundio todo. Creo que lo logico seria que el medio hermano concurra a la sucesion de su medio hermano, a la mitad de lo que concurren los otros hermanos de vinculo bilateral puesto que el 3586 no establece diferencias. (sobre si la concurrencia por mitad es en la sucesion del ascendiente o del colateral)

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

Sin Definir Universidad
gabriela_170689 Ingresante Creado: 04/03/11
Una cosa es que sea solamente medio hermano en vinculo sanguineo, pero es diferente si esta legitimamente adoptado como hijo por que si asi fuere tiene los mismos derechos que todos los herederos dentro de la susecion.

UNNE Derecho
mordisco1 Estudiante a Recibirse Creado: 08/03/11
Deseo aclarar que la discriminación porcentual sobre medio hermanos, solo se aplica cuando se presentan a la sucesión como pariente colateral, y NO cuando se presentan en su caracter de descendientes, conforme;
Empezado por art 21 de ley 23264

"Art. 21.- Siempre que en el Código Civil, leyes complementarias u otras disposiciones legales se aluda a los hijos naturales, extramatrimoniales o ilegítimos en contraposición o para discriminar derechos o deberes respecto a los hijos legítimos, la situación de aquéllos deberá ser equiparada a la de éstos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 240 del Código Civil; y cuando en los mismos textos se aluda al padre en ejercicio de la patria potestad, deberá entenderse que tal ejercicio corresponderá en lo sucesivo a los padres conjuntamente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 264 y siguientes del Código Civil"

+Ver post citado

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Duda sobre Sucesiones en medio hermano