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duda - contrato de locacion vencido, desalojo


les comento mi duda, tengo que desalojar a una persona que sigue ocupando un inmueble habiéndose vencido el contrato el 31 de enero de 2010

dos cosas a tener en cuenta:

1. la inmobiliaria le cobro al inquilino el mes de febrero (ya fuera del contrato), y en el recibo lo imputo a "alquiler febrero de 2010".
Esto como se entiende? como una prorroga tácita del contrato, o sea es como si estuviera dentro de un contrato nuevo de acá a 2 años?
el 1622 del CC niega la reconducción tacita, o sea si no hay contrato nuevo seria una continuación, y el locador puede pedir la restitución cuando quiera

2. En el contrato se establece una multa mensual si no desaloja el inmueble al termino del contrato.
Como la exijo? en el mismo desalojo o tengo que iniciar un cobro aparte?

mariosantos59 Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 09/04/10
La inexistencia de tacita reconduccion es correcta como vos mismo decis.
Tene en cuenta que si vos no otorgaste mandato a la inmobiliaria para que siga percibiendo alquileres una ves vencido el contrato, esta actuo sin representacion.
Si estas en provincia de Bs As tenes que iniciar el proceso especial de desalojo preevisto en los arts 676 y ss del CPCC.
La multa, si nada dice en el contrato, resultaria una cuestion accesoria a este proceso por lo que se plantearia como pretension en el mismo si no es satisfecha extrajudicialmente.

Saludos

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 09/04/10
Ojo, si inicia el proceso especial de desalojo no podría esgrimir la multa, debiendo hacerlo en un proceso de conocimiento ulterior:

El desalojo tiene por objeto la restitución de un bien inmueble. Es una acción personal y no real. Con estos alcances se indicó que el proceso de desalojo reglado por el art. 676, Código Procesal, da causa a una acción personal cuyo objeto es lograr la restitución de la tenencia del inmueble de quien la detenta y tiene una obligación de restituir exigible a entregarla. Dicho proceso, en atención a las especiales características singulares que lo informan, no admite el debate de cuestiones que, aun siendo conexas, desbordan su objeto, desde que de admitirlas implicaría apartarse de la naturaleza especial de la acción de que se trata (11/4/2002, CC0201 LP, 96887, RSD 52/2-S; 17/8/2004, CC0201 LP, 102758, RSD 172/4-S, JUBA Civ. y Com. B254446).

El proceso de desalojo o desahucio tiene como objeto exclusivo la recuperación o restitución de un bien mueble o inmueble perseguida contra quien se halla obligado a ello, por lo que la materia, como criterio general, es propia del fuero en lo civil y comercial (Sup. Corte Bs. As., 4/2/2004, Ac. 90300 -I, JUBA Civ. y Com. B39109).



Por lo demás es perfectamente correcto lo señalado por Franco.

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 10/04/10
Todos los dias se aprende algo nuevo je (creia que era posible por incidente)

"SIGAN IDEAS, NO SIGAN A HOMBRES"

UMSA
EJA Moderador Creado: 10/04/10
Yo me inclinaba más por la solución de iniciar un proceso aparte, teniendo como argumento el carácter especial del desalojo. No obstante, me generaba serias dudas si podían plantearse estas cuestiones conexas por incidente.

Excelente Franco y BJL.

Saludos.

"La felicidad que da el dinero está en no tener que preocuparse de él; por ignorar ese precepto no es libre el avaro, ni es feliz".

UNLP
Nadia Moderador Creado: 10/04/10
Proceso ulterior pidiendo daños y perjuicios por privacion del uso del bien.
Saludos

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"Como será de noble este país que tenemos quinientos años de estar tratando de acabar con el, y todavía no lo logramos"

Universidad Catolica Argentina
Jandi Cursando Ingreso Creado: 13/04/10
agrego, antes de iniciar el desalojo manda carta documento intimando el desalojo y solicitando la multa. Cada vez que cobres el alquiler, si no te paga la multa hace reserva del pago, indicando que la aceptación parcial no implica renuncia a cobrar multas, intereses, etc.

Tenes que empezar a "armar el caso", siempre es bueno tener documentado que no consististe con que se quede y que los pagos que aceptaste los aceptaste como parciales.

saludos"!!

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