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Decreto 594/97 del 01/07/97





RADIODIFUSION

Decreto 594/97

Autorízase al Comité Federal de Radiodifusión
a llamar a concurso público, para la adjudicación
de licencia para la instalación, funcionamiento y explotación
de una estación de radiodifusión sonora por modulación
de amplitud, que se identificará con la señal "LRI
212".


Bs. As., 1/7/97

B.O.: 11/07/97

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 1847/96, del registro
del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y lo establecido por las Leyes
Nº 22.285 y 23.696.

CONSIDERANDO:

Que es política del Gobierno Nacional cumplir con los objetivos
establecidos por la Ley Nº 23.696 en materia de privatizaciones
y participación del capital privado.

Que en atención a lo dispuesto en el artículo 9º
y en el Anexo I de la precitada ley, se declaró sujeto
a privatización a todos los medios de comunicación
administrados por el Estado Nacional, entre los cuales se halla
la estación de radiodifusión sonora por modulación
de amplitud denominada LT14 RADIO GENERAL URQUIZA, de la ciudad
de PARANA, provincia de ENTRE RIOS.

Que para llevar a cabo la mencionada privatización, el
citado ordenamiento legal otorga amplias facultades al PODER EJECUTIVO
NACIONAL.

Que, con tal finalidad, corresponde autorizar al COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION, en su carácter de autoridad de aplicación
de la Ley Nacional de Radiodifusión Nº 22.285, a instrumentar
los actos concursares previstos por el artículo 39, inciso
a), del citado plexo normativo, con el objeto de adjudicar la
correspondiente licencia para la instalación, funcionamiento
y explotación de dicha estación, la que se identificará
con la señal distintiva "LRI 212" y emitirá
en la frecuencia de 1260 Khz con una potencia diurna/nocturna
de 10/5 Kw, respectivamente.

Que el concurso público al que refiere el considerando
anterior incluirá, optativamente, la instalación,
funcionamiento y explotación de una estación de
radiodifusión sonora por modulación de frecuencia,
localizada igualmente en la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE
RIOS, la que operará en la frecuencia de 93.3 Mhz con un
equipamiento de PRE=4 Kw y HMA=100 mts, equivalente a categoría
"D" e identificada con la señal distintiva "LRI
426".

Que, a iguales fines, resulta procedente autorizar al mencionado
organismo a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales
y Particulares que regirán el pertinente concurso.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención
prevista por el artículo 94, inciso f) de la Ley Nº
22.285, determinando la frecuencia, señal distintiva y
demás valores técnicos de emisión correspondientes
a las estaciones concursadas

Que, por su parte, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION ha tasado
los bienes muebles e inmuebles que se traspasaran juntamente con
la frecuencia asignada a la estación cuya privatización
se dispone por la presente.

Que, con tal finalidad, procede exceptuar el llamado a concurso
autorizado por el presente de lo dispuesto mediante Decreto Nº
1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el Plan Nacional de
Radiodifusión aprobado por Decreto Nº 462/81.

Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
ha emitido el correspondiente dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes
de los artículos 99 inciso 10) de la Constitución
Nacional, 3º y 39, inciso a) de la Ley Nº 22.285 y 11
de la Ley Nº 23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Autorízase al COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION a llamar a concurso público con el objeto
de adjudicar la correspondiente licencia para la instalación,
funcionamiento y explotación de una estación de
radiodifusión sonora por modulación de amplitud
en la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE RIOS, la que se identificará
con la señal distintiva "LRI 212" (ex LT14 RADIO
GENERAL URQUIZA) y emitirá en la frecuencia de 1260 Khz
con una potencia diurna/nocturna de 10/5 Kw, respectivamente.

Art.2º-El concurso público al que refiere el
artículo anterior incluirá, optativamente, la instalación,
funcionamiento y explotación de una estación de
radiodifusión sonora por n1odulación de frecuencia,
localizada igualmente en la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE
RIOS, laque operará en la frecuencia de 93.3 Mhz con un
equipamiento de PRE=4 Kw y HMA= 100 mts, equivalente a categoría
"D" e identificada con la señal distintiva "LRI
426".

Art. 3º-Autorízase al mencionado organismo
a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares
que regirán los pertinentes actos concursares.

Art.4º-Exceptilase de lo dispuesto mediante Decreto
Nº 1151/84, por cuyo intermedio se suspendiera el Plan Nacional
de Radiodifusión aprobado por Decreto Nº 462/81, al
concurso público autorizado por el presente.

Art. 5º-Para el acto de apertura de las ofertas recibidas,
requiérase la intervención del señor ESCRIBANO
GENERAL DE GOBIERNO.

Art. 6º-Dése al gobierno de la provincia de
ENTRE RIOS, en el procedimiento de privatización que se
dispone por el presente decreto, la participación prevista
por el artículo 11 de la Ley Nº 23.696.

Art. 7º - Comuníquese a la Comisión
Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

Art. 8º-Cornuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.- Jorge A. Rodríguez. - Carlos V. Corach.

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