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COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18




[b] COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 11/2006
Establécense para el período 2007 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las Entidades Financieras.
Bs. As., 29/11/2006
VISTO:
Las facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.
CONSIIDERANDO:
Que es necesario establecer las fechas de vencimientos para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de las entidades financieras.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18.08.77)
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Establecer para el período fiscal 2007 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las Entidades Financieras, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
[b] Art. 2º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.

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