Estoy en: Foro > Cuestiones Generales > Noticias

Aprueban la castración química en Mendoza


Imagen celso-jaque-castracion

David Mangiafico, jefe de gabinete de la Subsecretaría de Justicia provincial, dijo que el gobernador mendocino, Celso Jaque, firmó los decretos que dan el marco legal a la iniciativa.
"Ahora comienza la etapa de capacitación de los equipos médicos y el plan de castración estará listo para ser implementado en aquellos condenados por violación que manifiestan su voluntad de ser sometidos a él", destacó el funcionario a los medios locales.

Hay 11 condenados por delitos sexuales que han manifestado su voluntad de someterse a este tratamiento con fármacos, entre los cuales el 80 por ciento es reincidente y tiene condenas superiores a los 10 años de cárcel.

En Mendoza se denuncia una violación cada tres días, de acuerdo con cifras oficiales.

La castración química, que ya se realiza en Alemania, en regiones de Estados Unidos, Italia, Chile, Colombia, El Salvador y República Dominicana, según explicó Jaque, consiste en la aplicación de inyecciones cada seis meses que disminuyen la producción de testosterona e inhiben el apetito sexual


Fuente: Ambito.com

BJL UNMDP

Respuestas
Sin Definir Universidad
bernard Cursando Ingreso Creado: 16/03/10
Un comentario a una materia la cula me interesa mucho:
Creo que no es sobre los testículos o el pene de los violadores sobre los que
hay que ejercer acción alguna, sino sobre sus psiquis.(Es fundamental)
Y si bien la noticia dice que estas experiencias se aplicaron con éxito en países y han logrado reducir los índices de delitos sexuales en forma notable.(no se dice que en el caso de la castración química, se precisan inyecciones regulares de antiandrógeno, y la efectividad de esta medida es discutida y existen numerosos casos de violadores castrados y que han reincidido en sus crímenes.

Fuente; Enciclopedia Libre Universal, publicada en español bajo la licencia Creative Commons.
Saludos

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 16/03/10
Tengo entendido que la persona que abusa sexualmente de otra, disfruta de la vejacion y del sometimiento que sufre la victima...si esto es asi el problema pasa por la psiquis como decis, y no por la capacidad sexual del agresor.

De todas maneras prefiero dejar esto a los criminologos, psicologos, psiquiatras y medicos forenses...Creo que desde el derecho (o desde la politica estatal) no podemos tener una vision clara de la situacion sin indagar con el correcto metodo cientifico requierido.

A mi entender, el derecho penal entero deberia pasar por el filtro de las ciencias medicas y psicologicas, antes de entrar al tratamiento legislativo-juridico

UNLP
LEX7 Usuario VIP Creado: 18/03/10
Justamente por estas razones se recomienda un fuerte afianzamiento entre el derecho penal y la criminología.
De todos modos me parece aberrante que por decreto un gobernador abra paso para agravar una sentencia judicial, porque se atenta la integridad física del reo. Y ninguna pena en nuestro ordenamiento jurídico reviste dichas características.
De por sí es inconstitucional tal tratamiento, agregando que es patente el menoscabo al principio de la cosa juzgada, que por resolución ya determino legítimamente una pena a cumplir.


LEX7.

Lo que digas Neil Armstrong, de todos modos no te creo nada...

UNLP
francomalizia Usuario VIP Creado: 18/03/10
Empezado por LEX7

"Justamente por estas razones se recomienda un fuerte afianzamiento entre el derecho penal y la criminología.
De todos modos me parece aberrante que por decreto un gobernador habrá paso para agravar una sentencia judicial, porque se atenta la integridad física del reo. Y ninguna pena en nuestro ordenamiento jurídico reviste dichas características.
De por sí es inconstitucional tal tratamiento, agregando que es patente el menoscabo al principio de la cosa juzgada, que por resolución ya determino legítimamente una pena a cumplir.


LEX7.
"

+Ver post citado
Por supuesto que desde el punto de vista constitucional la decision no resiste el menor analisis.
Tampoco creo que desde el punto de vista criminologico, la solucion propuesta sea la correcta.
Seria bueno usar el metodo comparativo para analizar el funcionamiento de estas medidas en el derecho comparado, porque el gobernador de mendoza no propone nada nuevo...estas practicas ya se han practicado en el mundo

Este tema me recuerda al sistema polimodal de educacion...El mismo surgio en europa y no dio ningun resultado. Organismos europeos de investigacion desaconsejaron la modalidad, y años despues nosotros lo importamos...

Figurita repetida ¿no?

Saludos

UNLP
HuesoNet Ingresante Creado: 20/03/10
Tema más que interesante. Respecto a que la inyección química (Depo Provera) no es suficiente, es así. Está demostrado o en vías de demostración -dado que no hace mucho tiempo que se está implementando esta "opción" en el mundo- que sin apoyo psiquiátrico a los violadores esta apuesta queda reducida a una mera intención. En "Bélgica, Suecia, Gran Bretaña y Suiza el método (junto con terapias psiquiátricas) logró reducir la reincidencia de los violadores, aunque a la vez todos coinciden en que no es 100 por ciento exitoso.".-
Es indudable que los violadores no puede recuperarse por pasar encerrados unos años en prisión, de hecho, está probado que nadie se recupera por estar en prisión -al menos en nuestro país-, acá lo importante es poder ver si la ciencia médica puede realmente aportar una solución psico-física a aquellos que sufren de esta "enfermedad".-

Cita. Fuente: Diario Uno. Internacionales.19/11/2009

Sin Definir Universidad
bernard Cursando Ingreso Creado: 20/03/10
Buenas para todos..excelente tema de debate:
1.-Si la aceptación para la castración química es necesaria para la obtención de la libertad condicional, el procedimiento NO ES VOLUNTARIO y resulta en principio "inconstitucional" porque ninguna provincia tiene facultades legislativas para modificar el art. 13 CP o la ley 24.660.
2.-Si el sistema mendocino es una medida de seguridad posterior a la pena, como el sistema vicario español, también sería inconstitucional porque ello tendría que ser regulado por el Congreso Nacional.
Al fin de cuentas no se entiende muy bien el sistema de mendoza y se auguran serios conflictos, tanto en lo relativo a la asignación de derechos, como al que se generaría si un sujeto bajo esta modalidad de dudosa legalidad cometiera un nuevo hecho contra la integridad sexual.
3.- un reconocido urólogo.
El dr- Gustavo Zalazar, médico especialista en urología, aclara que ;
”El método de castración química es un bloqueo químico hipofisiario.
Se bloquea la hormona luteinizante, que en el hombre es la proteína que regula la secreción de testosterona. “

El sistema también fue utilizado para tratar el cáncer de próstata, hoy en desuso por la agresividad.

Los tratamientos para inhibir la actividad hormonal pueden ser aplicados por vía oral e inyectable.

Las dosis de hormonas varían de acuerdo al tratamiento y se pueden combinar las ingesta de pastillas con las inyecciones.

Las droga usada es la goserelina, que se inyecta una vez al mes y el efecto no es inmediato.

Para obtener un buen resultado el tratamiento debe ser continuo, durante mucho tiempo.

Se debe realizar un monitoreo constante del paciente para su mayor seguridad.

Por lo que se está hablando de un método que es muy costoso. (cada inyección cuesta alrededor de $ 1.700.) y lo mas importante son las secuelas secundarias
que provoca ese tratamiento; “tumores en la hipófisis, dolores musculares, trastornos en el sueño, sudación y síntomas gastrointestinales, caída de cabello,
son algunos de los efectos secundarios que puede traer consigo el tratamiento. ".
Dejo el art. escrito al respecto por Liliana Angela Matozzo - Doctora en Ciencias Jurídicas y Ex Presidente Comisión Nacional de Biociencia y DDHH.
http://prensamarplatense.blogspot.com/2008/10/sobre-la-pena-accesoria-de-castracion.html
Citando a un juez de Garantia:
la palabra "castración quimica" me parece brutal, pero honesta. Pareciera, y digo pareciera por cuanto no somos expertos en los temas médicos, que el agregado "quimico" que tiende a suavizar el acto de castración, en realidad nada atenua la agresión corporal que se impone a modo de mercancia intercambiable por la pena.
Pero como dije me parece que nuestro enfoque debe ser jurídico, no médico porque carecemos del conocimiento para ello y por cuanto en cierto punto ello puede ser secundario.
Desde el plano del deber ser, existen objeciones puntuales contra estos sistemas, que salen indemnes de cualquier critica utilitarista vinculada a si funcionan o no.
Desde el plano histórico político parece una regresión de la pena producida por la ilustración. Antes de ella, el único bien universal relevante era el cuerpo, por lo cual las penas se pensaban sobre el mismo como pérdida de un bien específico destinado a satisfacer el "pago por el mal hecho". La ilustración y en particular la irrupción de la burguesia como actor social relevante, modifico ello y la mercancía de cambio por el mal paso a ser el tiempo de utilización del cuerpo. En lineas generales asi nacio la carcel como forma de pena, y no ya de sucedaneo procesal hasta la aplicación de un castigo físico.
El cambio de una pena de prisión que se apropia del tiempo, por una pena corporal que se apropia del cuerpo, parece una regresión de ese modelo, hacia una forma de castigo pre ilustrada.
De allí que cualquier sistema de penas, o que permitan trocar ella por otra cosa tienen que estas reguladas por el Congreso Nacional y deben cumplir con las condiciones constitucionales que permitirían considerarla una pena principal (ej ley 24.660 que permite convertir penas cortas en tareas para la comunidad).
Bajo lLas demas formas de analizar el problema (incluso utilitaristas) las justificaciones de este sistema se presentan muy oscuras.
Un abrazo.

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Aprueban la castración química en Mendoza