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Ya es oficial la prórroga de las facultades delegadas


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El Boletín Oficial publica este lunes la Ley 26.519 aprobada la semana pasada en el Senado y que previamente había tenido media sanción de Diputados. También aparece el Decreto 1124, firmado por la Presidenta, que promulga la normativa.
"Ratifícase en el Poder Ejecutivo Nacional la totalidad de la delegación legislativa sobre materias determinadas de administración o situaciones de emergencia pública", dice la ley, que lleva la firma de los presidentes de ambas cámaras: Eduardo Fellner y Julio Cobos.


Según la normativa aprobada en el Congreso, la delegación de facultades entra en vigencia a partir de este lunes, 24 de agosto, "por el plazo de un año", publica la agencia Télam.

"El titular del Poder Ejecutivo nacional y el Jefe de Gabinete de Ministros ejercerán exclusivamente las facultades delegadas", reza el texto de la Ley.

Además, se crea en el ámbito del Congreso Nacional una comisión bicameral cuya misión y tarea será "revisar, estudiar, compilar y analizar la totalidad de la legislación delegante preexistente con la finalidad de elevar a conocimiento del presidente de cada Cámara antes de expirar su plazo, y no más allá del 30 de junio de 2010, un informe final conteniendo conclusiones idóneas".

Este lunes también aparece publicado en el Boletín Oficial el decreto a través del que se promulga la ley.

Se trata del Decreto 1124/2009 que lleva las firmas de Cristina Fernández, del jefe de Gabinete Aníbal Fernández y del ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Julio Alak.


FUENTE: Iprofesional

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