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SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORES DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES




[b] SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORES DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución Nº 203/2006

Bs. As., 30/10/2006

VISTO el Expediente Nº 4127/2006 del Registro de la Superintendencia de Administradoras de. Fondos de Jubilaciones y Pensiones, los artículos 67 a 70 de la Ley Nº 24.241, la Instrucción SAFJP Nº 3/2005, y la Instrucción SAFJP Nº 5/2002; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el visto NACION AFJP S.A. solicita la aprobación de un cambio en su régimen de comisiones y bonificaciones.

Que la solicitante ha cumplido con las obligaciones a su cargo a fin de acreditar los requisitos establecidos por los artículos 67 a 70 de la Ley Nº 24.241, y el Capítulo VII de la Instrucción SAFJP Nº 3/2005.

Que la administradora ha solicitado la aplicación del 2º párrafo del artículo 84 de la Instrucción Nº 3/2005, puesto que se trata de una rebaja de la comisión para todos sus afiliados.

Que se han elaborado los correspondientes informes técnicos, de los que no surgen observaciones a la modificación solicitada.

Que corre agregado el dictamen obligatorio de la Gerencia de Asuntos Jurídicos en su carácter de servicio jurídico permanente.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 118 inciso j) de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Aprobar la modificación del régimen de comisiones y bonificaciones de NACION AFJP S.A., quedando el esquema como se detalla en el ANEXO a la presente Resolución.

[b] Art. 2º — El nuevo esquema de comisiones y bonificaciones será de aplicación para las remuneraciones que se devenguen a partir del primer día del mes siguiente al de la presente Resolución.

[b] Art. 3º — La información a los afiliados deberá darse a conocer dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la presente, conforme lo dispone el artículo 16 de la Instrucción SAFJP Nº 5/2002.

[b] Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. JUAN HORACIO GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.

ANEXO

NACION AFJP S.A.

REGIMEN DE COMISIONES Y BONIFICACIONES:















Comisión Porcentual por aportes obligatorios

2.10%

Comisión sobre Imposiciones Voluntarias y Depósitos Convenidos

No aplica

Comisión sobre Retiros Programados

No aplica

Bonificación por Permanencia

No aplica



e. 1/11 Nº 528.824 v. 1/11/2006

Administracionius UNLP

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