Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Subsecretaría de Combustibles






Subsecretaría
de Combustibles
[/b]

 [/b]

GAS
NATURAL
[/b]

 [/b]

Disposición
132/99
[/b]

 [/b]

Otórgase
excepción a los límites permitidos de venteo de gas en el pozo de exploración
La Porfiada a-2, del Area Santa Cruz I, provincia de Santa Cruz.
[/b]

> 

>Bs. As., 27/10/99

> 

>VISTO el Expediente Nº
750-003891/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, y


> 

>CONSIDERANDO:

> 

>Que la Resolución de la
SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, establece las normas
sobre el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento integral del
recurso, así como las condiciones de excepción a los límites permitidos de
venteo.


> 

>Que en tal sentido, la
empresa QUINTANA MINERAL SANTA CRUZ INC. ha presentado a esta Autoridad de
Aplicación un pedido de excepción para efectuar un ensayo prolongado en el pozo
de exploración LA PORFIADA a-2, ubicado en el yacimiento LA PORFIADA, del Area
SANTA CRUZ I, Provincia de SANTA CRUZ, acorde a lo que establece la citada
normativa en el punto 5.1.


> 

>Que analizada la
presentación, desde el punto de vista técnico y normativo corresponde el
otorgamiento de la excepción solicitada.


> 

>Que los trabajos a efectuar
redundarán en beneficio de una mejor utilización de la energía natural del
yacimiento, ya que el mismo se encuentra en etapa de investigación.


> 

>Que la aplicación de la
Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, así
como el otorgamiento de las excepciones previstas en la misma, justifican el
dictado de la presente.


> 

>Que la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha
tomado la intervención que le compete.


> 

>Que la presente se dicta de
acuerdo a las facultades dispuestas en la Resolución de la SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, en la que se delegó en esta
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la facultad de otorgar excepciones a los límites
máximos establecidos en el Anexo I de la misma.


> 

>Por ello,

> 

>EL SUBSECRETARIO DE
COMBUSTIBLES


>DISPONE:

 [/b]

Artículo
[/b]— Otórgase excepción, a los límites permitidos de venteo de gas
establecidos en el apartado 5.1 del Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA
DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, en el pozo de exploración LA
PORFIADA a-2, ubicado en el yacimiento LA PORFIADA, del Area SANTA CRUZ I,
Provincia de SANTA CRUZ, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo I de la
presente disposición.


 [/b]

Art.
[/b]— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. Alberto J. Fiandesio.


> 

>ANEXO I

> 

>EXCEPCION OTORGADA

> 

>Empresa: QUINTANA MINERALS
SANTA CRUZ INC.


>Area/Yacimiento: LA PORFIADA
/ POZO LPo a-2.


>Volumen autorizado: Hasta
CIEN MIL (100.000) m3/día.


>Motivo de la excepción:
Ensayo prolongado.


>Plazo de Excepción: TRES (3)
meses.


>Monto de la Garantía: No
requiere.




Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho