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Subsecretaría de Combustibles




Subsecretaría de Combustibles

GAS NATURAL

Disposición 80/99

Otórgase excepción a los límites permitidos de venteo de gas en los yacimientos Palmar Largo y El Chorro, pertenecientes al Area Palmar Largo, ubicada en las Provincias de Salta y Formosa.

Bs. As., 13/7/99

VISTO el Expediente Nº 750-000356/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, establece las normas sobre el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento integral del recurso, así como las condiciones de excepción a los límites permitidos de venteo.

Que en tal sentido, la empresa PLUSPETROL EXPLORACION Y PRODUCCION S.A. ha presentado a esta Autoridad de Aplicación un pedido de excepción para los yacimientos PALMAR LARGO, LA TIGRA NOTRE y EL CHORRO, pertenecientes al Area PALMAR LARGO, ubicada en la Cuenca del Noroeste.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 352 de fecha 23 de junio de 1988 se le otorgó a la Provincia de FORMOSA todo el gas de venteo del Area PALMAR LARGO.

Que consultada la DIRECCION DE INDUSTRIA, HIDROCARBUROS Y MINERIA de la Provincia de FORMOSA, la misma ha informado que el gas de venteo del Area PALMAR LARGO será aprovechado para la generación eléctrica, motivo por el cual se ha programado el montaje de DOS (2) grupos electrógenos de 405 KVA de potencia nominal.

Que se prevé implementar dichas obras, según el cronograma de la DIRECCION DE OBRAS de la Provincia de FORMOSA, a partir del mes de agosto del corriente año.

Que de esta forma, la excepción que se otorga por la presente, tiene en cuenta el cumplimiento de la normativa en vigencia, en cuanto a los límites permitidos de venteo de gas, y los intereses de la Provincia de FORMOSA.

Que analizada la presentación, desde el punto de vista técnico y normativo corresponde el otorgamiento de la excepción solicitada para los yacimientos PALMAR LARGO y EL CHORRO.

Que la excepción se fundamenta en los puntos 5.2 y 5.5 del ANEXO I de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998.

Que la aplicación de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, así como el otorgamiento de las excepciones previstas en la misma, justifican el dictado de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades dispuestas en la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, en la que se delegó en esta SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la facultad de otorgar excepciones a los límites máximos establecidos en el Anexo I de la misma.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMBUSTIBLES
DISPONE:

Artículo 1º
— Otórgase excepción, a los límites permitidos de venteo de gas establecidos en el apartado 5.2. y 5.5 del Anexo I de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998, en los yacimientos PALMAR LARGO y EL CHORRO, pertenecientes al Area PALMAR LARGO, ubicada en las Provincias de SALTA y FORMOSA, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo I de la presente disposición.

Art. 2º
— Solicítase a la Provincia de FORMOSA el cumplimiento de las obras de aprovechamiento comprometidas así como la remisión de la información correspondiente a la Autoridad de Aplicación, a efectos de evaluar la marcha de las mismas.

Art. 3º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. Fiandesio.

ANEXO I

EXCEPCION OTORGADA

Empresa: PLUSPETROL EXPLORACION Y PRODUCCION S.A.

Area/Yacimiento: Palmar Largo/P. Largo y El Chorro.

Volumen autorizado: Hasta VEINTE MIL (20.000) m3/día.

Motivo de la excepción: Generación eléctrica, Provincia de FORMOSA.

Vencimiento de la excepción: 31 de diciembre de 1999.

Garantía: No requiere.

Administracionius UNLP

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