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SOCIEDAD DEL ESTADO






>SOCIEDAD DEL ESTADO[/b]

> [/b]

>Decreto 1608/99[/b]

> [/b]

>Conválidase la Memoria, los Estados de Situación
Patrimonial, de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto, de Variaciones
del Capital Corriente, Distribución de Utilidades y demás documentación conexa
correspondiente al Ejercicio cerrado al 31/12/94 de la Sociedad del Estado Casa
de Moneda.
[/b]

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Bs. As., 9/12/99

lang=EN-US > 

lang=EN-US >VISTO el
Expediente Nº 20.035/96, del Registro de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA,
dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 21.622 y el Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de
1977, y

lang=EN-US > 

lang=EN-US >CONSIDERANDO:

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que la SOCIEDAD
DEL ESTADO CASA DE MONEDA ha presentado, en cumplimiento de lo dispuesto por el
Decreto Nº 2475 del 19 de agosto de 1977, la MEMORIA, ESTADO DE RESULTADOS, DE
SITUACION PATRIMONIAL, DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO, DE VARIACIONES DEL
CAPITAL CORRIENTE, DISTRIBUCION DE UTILIDADES y documentación conexa,
correspondiente al Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 1994.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que de
conformidad con lo previsto en el artículo 5º último párrafo de la Ley de
Creación de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA Nº 21.622, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL ejerce las funciones que la Ley Nº 19.550 y sus modificaciones
atribuyen a las Asambleas.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que en virtud de
lo establecido por Decreto Nº 919 del 6 de agosto de 1998, —Planilla Anexa del
artículo 1º—, se le ha conferido a la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS tales atribuciones, coordinando las
relaciones entre SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que conforme
surge de lo actuado, corresponde convalidar la documentación presentada por la
mencionada Sociedad del Estado.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Que la presente
medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO
NACIONAL por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

lang=EN-US > 

lang=EN-US >Por ello,

lang=EN-US > 

lang=EN-US >EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA

lang=EN-US >DECRETA:

> [/b]

>Artículo 1º [/b] >— Convalídase la MEMORIA,
los ESTADOS DE SITUACION PATRIMONIAL, DE RESULTADOS, DE EVOLUCION DEL
PATRIMONIO NETO, DE VARIACIONES DEL CAPITAL CORRIENTE, DISTRIBUCION DE
UTILIDADES y demás documentación que como ANEXO I que, en fotocopia autenticada
forma parte integrante del presente, se acompaña, correspondiente al Ejercicio
de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA dependiente de la SECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cerrado
al 31 de diciembre de 1994.


> [/b]

>Art. 2º [/b] >— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge
A. Rodríguez. – Roque B. Fernández.


lang=EN-US > 

lang=EN-US >NOTA: Este
Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central del Boletín Oficial. (Suipacha 767 - Capital
Federal).



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