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Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa




Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 16/2001
Convócase a la tercera licitación de cupos de crédito para la bonificación de tasas instituido según el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Bs. As., 19/4/2001
VISTO el Expediente Nº 218-000085/2000 del Registro de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, la Resolución de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 5 de fecha 15 de septiembre de 2000 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto citado en el Visto se crea el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que la Resolución SEPyME Nº 5/2000, reglamenta y determina las condiciones de implementación de dicho Régimen.
Que el artículo 8º del Decreto Nº 748/2000 establece que el monto total de cupos de crédito a bonificar será de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 450.000.000.-).
Que por Resolución SEPyME Nº 8 de fecha 19 de septiembre de 2000 y Resolución SEPyME Nº 31 de fecha 14 de diciembre de 2000, han sido licitados PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000.-) y las ofertas presentadas por las Entidades Financieras superaron ampliamente dicho límite y algunos bancos han manifestado haber agotado los cupos asignados o bien no los disponen por no haberse presentado.
Que resulta conveniente al desarrollo de la economía impulsar la creación de nuevas empresas y generación de nuevos proyectos o emprendimientos, en virtud de lo cual el Estado debe posibilitar su acceso al financiamiento.
Que la transformación económica ha impactado especialmente en las pequeñas empresas por estar inmersas en una dinámica autosostenida y para recomponer sus estructuras y procesos productivos y de distribución requieren de manera indispensable disponer del capital de trabajo necesario para su evolución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º — Convócase a la tercera licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas instituido según el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por el Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000.
Art. 2º — La tercera licitación de los cupos de crédito establecidos en el artículo 10 del Decreto Nº 748/2000 se llevará a cabo el día 27 de abril de 2001. Las Entidades Financieras que resulten adjudicatarias de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 2º y 4º de la Resolución SEPyME Nº 5/2000, podrán asignar los mismos a cualquier empresa que pueda ser considerada beneficiaria de acuerdo a lo previsto por el artículo 5º del Decreto Nº 748/2000, los que podrán ser liquidados de acuerdo a su disponibilidad de recursos, en la modalidad PESOS o DOLARES ESTADOUNIDENSES.
Art. 3º — El monto de la presente licitación es de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES ($ 130.000.000.-), que deberán ser asignados a empresas que presenten solicitudes en el marco de las siguientes finalidades:
a) Reconversión agrícola: PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-)
b) Constitución capital de trabajo: PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-);
c) Constitución de nuevos emprendimientos: PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-).
Art. 4º — Los préstamos a otorgar por las Entidades Financieras, en las finalidades enunciadas en el artículo anterior, deberán ser liquidadas con un plazo mínimo de CIENTO OCHENTA ( 180) días.
Art. 5º — Las ofertas deberán ser presentadas por las Entidades Financieras por duplicado y en un único sobre cerrado en la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA, en la calle Paseo Colón 185 Piso 5º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día del acto licitatorio entre las 10.00 hs. y las 13.00 hs., conteniendo la información del formulario que se incluye como Anexo.
El original será para archivo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA y la copia para el Sector del Programa de Fomento de la DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA FINANCIERA de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 6º — Desígnase a los señores Directores Nacionales de Asistencia Financiera y de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA, para proceder a la apertura de los sobres en el acto licitatorio y confeccionar la lista de Entidades Financieras adjudicatarias.
Art. 7º — Serán aplicables a esta licitación las disposiciones establecidas en la Resolución SEPy-ME Nº 5/2000.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Enrique M. Martínez.
Nota Infoleg: Por art. 1 de la Resolución N°24/2001 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa B.O. 2/5/2001, se suspendió el llamado a la tercera licitación de cupos de crédito para bonificación de tasas, aprobado por la presente Resolución, según el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, instituido por el Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000 a llevarse a cabo el día 27 de abril de 2001, hasta tanto se normalice la tasa de interés en el mercado financiero.
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