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Secretaría de Industria, Comercio e Inversiones




Secretaría de Industria, Comercio e Inversiones

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 42/2001

Solicitudes de modificación.

Bs. As., 1/3/2001

VISTO el Expediente N 061-015438/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 329 de fecha 23 de octubre de 1996 la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INVERSIONES dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública, las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así también aquellas presentadas por los restantes Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) ante el Comité Técnico Nº 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías".

Que en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INVERSIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA se hallan registradas solicitudes que se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 329/96.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 329/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO E INVERSIONES
RESUELVE:

Artículo 1º
— Se lleva a conocimiento público que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría las siguientes solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en UNA (1) planilla que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Los interesados en manifestarse sobre las referidas solicitudes de modificación de las alícuotas deberán hacerlo mediante nota. Para los casos de reducción de alícuota, se adjuntará a la nota el formulario, completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas, que como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º
— La documentación a que alude el Artículo 2º se presentará ante la Dirección de Importaciones, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES, sita en Av. Julio A. Roca 651, piso 6º, Sector 1, haciendo referencia a la presente resolución, en un plazo no mayor de TREINTA (30) días corridos a contar desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

En los casos en que en el Anexo I se señale la existencia de mayor información sobre un determinado producto, el plazo indicado precedentemente se extenderá QUINCE (15) días corridos más, para los interesados, que hayan solicitado tomar conocimiento de la misma mediante nota dentro del plazo estipulado en el párrafo anterior, puedan efectuar las presentaciones que estimen pertinentes.

Una vez transcurridos los plazos indicados, según corresponda, y de no recibirse manifestación escrita sobre las consultas efectuadas por la presente resolución, se interpretará que no existe oposición a la solicitud comunicada.

Art. 4º
— En caso de considerarse necesario, esta Secretaría podrá solicitar información adicional a la aportada por la entidad manifestante.

Art. 5º
— La presente resolución comenzará a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Javier O. Tizado.


(*) Según Resoluciones ex M.E. y O. y S.P. Nº 12/98 y Resolución M.E. Nº1088/2000.

ANEXO II A LA RESOLUCION SIC Nº42/01

1) Datos sobre la empresa o entidad de clase

1.1.— Nombre de la empresa o entidad de clase:

1.2— Dirección:

1.3— Teléfono:

1.4— Fax:

2) Datos sobre el producto

2.1— Nombre Técnico:

2.2— Posición Arancelaria N.C.M.:

2.3— A.E.C.:

2.4.— Fecha de inicio de la producción:

3) Datos de producción y ventas

3.1— Producción (últimos 3 años)



















AÑO

VALOR DE LA PRODUCCION (U$S)

CANTIDAD PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
     
     
     



3.2— Venta Mercado Interno (últimos 3 años)



















AÑO

VALOR DE LAS VENTAS (U$S)

CANTIDAD VENDIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
     
     
     



3.3— Ventas Mercado Externo (últimos 3 años)



















AÑO

VALOR DE LAS VENTAS (U$S)

CANTIDAD VENDIDA PAIS (UNID. DE MEDIDA)
     
     
     



3.4— Nombre y Direcciones de los Principales Clientes















NOMBRE DEL CLIENTE

DIRECCION DEL CLIENTE
   
   
   



3.5— Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisis químicos o físicos, referencias bibliográficas, etc. e incluso muestras, en caso de corresponder.

4) Otras informaciones relevantes.

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