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Secretaría de Hacienda y Finanzas




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y
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DEUDA PUBLICA

Resolución Conjunta 116/2001 y 28/2001 Dispónese la emisión de "Letras Externas de la República Argentina en Euros 10% 2001- 2007", en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.

Bs. As., 16/2/2001

VISTO el Expediente N° 001-000328/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N° 24.156, la Ley N° 25.401, el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto N° 649 de fecha 4 de junio de 1998, el Decreto N° 58 de fecha 22 de enero de 2001, las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 311 y N° 480 de fecha 2 de julio de 1998 y 20 de septiembre de 1999, respectivamente las Resoluciones de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 9 y N° 317 de fechas 30 de diciembre de 1999 y 14 de agosto de 2000, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1588/93 modificado por el Decreto N° 649/98 se facultó al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MIL MILLONES (V.N. U$S 15.000.000.000,-), que podía ser utilizado dentro de aquel ejercicio fiscal y siguientes, autorizándolo asimismo, a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 311/98, en su artículo 1° se dispuso la ampliación de dicho Programa.

Que a través de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 480/99 se probaron las modificaciones a los contratos del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo.

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 9/99, en su artículo 2°, se aprobó el contrato denominado Decimotercera Escritura de Fideicomiso Complementaria correspondiente al Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Que a través de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 317/2000 se autorizaron a determinados funcionarios de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, a rubricar la documentación necesaria para implementar operaciones bajo el Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Que por el Decreto N° 58/2001 se estableció que la SECRETARIA DE HACIENDA conjuntamente con la SECRETARIA DE FINANZAS pueden ejercer las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

Que se han recibido propuestas para emitir bonos en diversas monedas incluyendo al EURO, entre otras, resultando la más conveniente la realizada por CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED y J.P. MORGAN a un plazo de SEIS (6) años, por un monto de hasta VALOR NOMINAL EUROS QUINIENTOS MILLONES (V.N. EUROS 500.000.000,-)

Que se encuentran en proceso de fusión las instituciones J.P. MORGAN y CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LIMITED, siendo J.P. MORGAN el nombre comercial de la nueva institución, mientras que a los efectos legales y hasta que finalice el proceso de fusión el nombre de la misma es CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LIMITED, razón por la cual la documentación que resulte necesaria para la colocación de los nuevos instrumentos de deuda pública deberá ser firmada con CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LIMITED.

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley N° 24.156.

Que la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa N° 14 del artículo 5° de la Ley N° 25.401.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 25.401 y el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993 modificado por el Decreto N° 649 de fecha 4 de junio de 1998.

Por ello,

LOS SECRETARIOS DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVEN:

Artículo 1°
— Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el mercado europeo, la emisión de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EUROS 10% 2001-2007" que serán colocadas a través de un sindicato de bancos encabezado por CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (EUROPE) LIMITED y J.P. MORGAN/CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LIMITED con fecha 22 de febrero de 2001, de acuerdo con las siguientes características financieras:

Serie Número: 73.

Monto de la emisión: hasta un VALOR NOMINAL EUROS QUINIENTOS MILLONES (V.N. EUROS 500.000.000,-).

Precio de emisión: NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (99,35%).

Plazo: SEIS (6) años.

Fecha de desembolso de la emisión: 22 de febrero de 2001.

Fecha de vencimiento: 22 de febrero de 2007.

Amortización: íntegra al vencimiento.

Interés: DIEZ POR CIENTO (10%) anual, pagadero anualmente.

Comisión neta: CERO CON SESENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0,60%).

Gastos de traducción: hasta un importe máximo de PESOS TRES MIL ($ 3.000,-).

Art. 2°
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario Vicens - Daniel Marx.

Administracionius UNLP

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