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Secretaría de Comunicaciones




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SERVICIOS POSTALES

Resolución 415/2001

Establécense recomendaciones efectuadas por la Unión Postal de las Américas, España y Portugal (U.P.A.E.P.), referidas al instructivo sobre los cuidados que se deberán adoptar ante la posibilidad de recepción de envíos postales conteniendo bacterias biológicas o químicos nocivos.

Bs. As., 26/10/2001

VISTO el Expediente Nº 7088/2001, del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que resulta de público y notorio conocimiento los acontecimientos que se han producido en diversos países con relación a la expedición de agentes biológicos nocivos, a través de envíos postales.

Que dicha situación exige la adopción, por parte de las distintas autoridades involucradas y sectores interesados, de las medidas que correspondan a fin de preservar la integridad de operadores y usuarios como asimismo la continuidad del servicio postal.

Que cabe recordar, como garantía inherente al servicio postal, la de la inviolabilidad de la correspondencia, establecida en el Artículo 18 de la CONSTITUCION NACIONAL y que, a nivel internacional, reconoce su correlato con lo que dispone el Artículo Nº 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada y proclamada por la ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS el 10 de diciembre de 1948.

Que dicha garantía es descripta por la Ley Nº 20.216 en su Artículo Nº 6 que dispone: "La inviolabilidad de los envíos postales importa la obligación de no abrirlos, apoderarse de ellos, suprimirlos, dañarlos o desviarlos intencionalmente de su curso, ni tratar de conocer su contenido, así como de no hacer trascender quiénes mantienen relaciones entre sí o dar ocasión para que otros comenten tales infracciones. Todo empleado o persona afectada al servicio, está obligada a prestar juramento de guardar estrictamente el secreto postal".

Que asimismo el Artículo Nº 27 del citado cuerpo normativo establece que: "Cuando la autoridad postal presumiera la existencia de elementos de circulación prohibida en envíos postales cerrados, podrá realizar la apertura con el consentimiento y presencia del impositor o destinatario o a su inmediata devolución en caso de negativa. Si del procedimiento surgiera la evidencia de tales elementos se ajustará su contenido conforme a esta ley y a lo dispuesto en la reglamentación".

Que por otro lado el Decreto Nº 151 de fecha 18 de enero de 1974, reglamentario de la Ley de Correos, en su Artículo Nº 26 establece que: "Sin perjuicio de las previsiones establecidas en los artículos 23, 24 y 25 del Decreto-Ley Nº 20.216/73, y de las previstas en la legislación especial vigente, no podrán incluirse en los envíos postales los siguientes objetos: a) Las sustancias explosivas, nocivas, deletéreas, inflamables o peligrosas. b) Los que por su naturaleza, forma o acondicionamiento puedan dañar al personal, a otros envíos
o al equipamiento postal. c) Cualquier otro que transgreda las normas de admisión que determine la Administración de Correos".

Que surge claramente de lo expuesto y en atención a la situación que actualmente se presenta a nivel internacional y nacional, disponer las medidas proporcionadas que tiendan a satisfacer la efectiva vigencia de las garantías individuales con la adecuada prevención y tratamiento en los casos de utilización de los servicios postales para la dispersión de sustancias biológicas nocivas.

Que también caber recordar que la REPUBLICA ARGENTINA, como miembro de la UNION POSTAL UNIVERSAL, forma, en orden a lo establecido por el Artículo 1.1 de la Constitución de dicha Unión, "...un solo territorio postal para el intercambio recíproco de envíos de correspondencia..." con todos los demás países que la integran.

Que en este sentido, resulta procedente tomar en cuenta las recomendaciones que recientemente han emitido al respecto la UNION POSTAL UNIVERSAL y la UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA y PORTUGAL, ante la posibilidad de recepción de envíos postales conteniendo bacterias o químicos nocivos, entre las cuales se destacan las siguientes: a) No manipular el envío de correo o el paquete sospechosos; b) No abrirlo, aislarlo y colocarlo en una bolsa hermética y, luego, en un recipiente más rígido para mayor seguridad; c) Dar inmediata intervención a la autoridad policial correspondiente.

Que asimismo, esos Organismos Internacionales en materia postal han identificado como sospechosos a los envíos que se reciben de una persona desconocida, que carecen de remitente, que están ladeados o tienen forma extraña, están marcados con anotaciones restrictivas ("confidencial", "personal") o que están matasellados con el sello de una oficina de correos de una Ciudad o de un Estado que no coincide con la dirección del remitente.

Que, en particular, la UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (U.P.A.E.P.), unión restringida de la que es parte la REPUBLICA ARGENTINA, ha circularizado, con fecha 16 de octubre de 2001, el instructivo elaborado por el gerente del Grupo de Acción Seguridad el cual corresponde recibir, instruyendo a los operadores postales para su efectiva aplicación en el servicio.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde recibir esas recomendaciones e implementar las medidas que a través de la presente se aprueban, destinadas, en primera instancia, a los Prestadores de Servicios Postales inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES y al Concesionario del Correo Oficial, en su carácter de operadores de los servicios postales.

Que, asimismo, y a fin de ilustrar a la población sobre las medidas adoptadas, se estima conveniente aprobar un modelo comunicado a efectos de que sea dado a conocer por los medios de comunicación masiva y también a clientes y usuarios por los operadores postales, con el debido control y fiscalización por parte de la autoridad de policía en materia postal.

Que, de igual manera, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, ha emitido el Informativo Nº 98, en el cual se establecen normas de seguridad en consonancia con las arriba mencionadas y que corresponde sean adoptadas por los operadores postales y conocidas por los usuarios del servicio.

Que también, y por último, corresponde instruir a los operadores postales para que, de detectarse envíos sospechados en orden a las instrucciones impartidas, procedan, sin perjuicio de las medidas de seguridad establecidas, a informar a la autoridad de control en materia postal, identificando circunstanciadamente a los mismos.

Que, en función de lo expuesto, se establecen cursos de acción en materia postal coherentes con las exigencias que se plantean a nivel nacional e internacional, compatibilizando prudentemente las garantías individuales y exigencias sociales en juego, estableciéndose una completa cadena de seguridad en materia postal.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el Artículo Nº 17 del Decreto Nº 1187 de fecha 10 de junio de 1993, texto según Decreto Nº 115 de fecha 5 de febrero de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1º
— Adóptanse las recomendaciones efectuadas por el Gerente del Grupo Acción Seguridad de la UNION POSTAL DE LAS AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (U.P.A.E.P.), que como Anexo I forma parte integrante de la presente, referidas al instructivo sobre los cuidados que se deberán adoptar ante la posibilidad de recepción de envíos postales conteniendo bacterias biológicas o químicos nocivos. El Concesionario del Correo Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y los Prestadores de Servicios Postales deberán adoptar las medidas necesarias para implementarlo en sus respectivas esferas de actuación e informar a clientes y usuarios.

Art. 2º — Adóptase el modelo de comunicado que como ANEXO II forma parte integrante de la presente, el que se procederá a dar a conocer a través de los medios de difusión masiva, el cual también deberá ser difundido por el Concesionario del Correo Oficial y los Prestadores de Servicios Postales a sus clientes y usuarios en sus locales de atención al público.

Art. 3º — Sin perjuicio de lo establecido en los Artículos anteriores, el Concesionario del Correo Oficial y los Prestadores de Servicios Postales deberán implementar las medidas que surgen del Informativo Nº 98 emanado de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, que obra como Anexo III de la presente. En caso de detectarse envíos postales sospechados en orden a lo dispuesto por esta Resolución, podrán derivar los mismos a la autoridad policial más próxima para su tramitación, debiendo en ese caso informar circunstanciadamente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES a los efectos correspondientes.

La COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, como autoridad de control en materia postal, fiscalizará el efectivo cumplimiento, por parte del Concesionario del Correo Oficial y de los Prestadores de Servicios Postales, de los deberes emergentes de lo dispuesto en los Artículos anteriores.

Art. 4º — Notifíquese al Concesionario del Correo Oficial y a los Prestadores de Servicios Postales inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES.

Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. — Henoch D. Aguiar.

 
 


ANEXO I

Secretaría General de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal

Nº 8046

16 de octubre de 2001

A las Administraciones Postales de los Países Miembros de la Unión

De mi mayor consideración:

El Gerente del Grupo de Acción de Seguridad de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal ha confeccionado el siguiente instructivo sobre los cuidados que deberán adoptar los Servicios Postales ante la posibilidad de recepción de envíos postales conteniendo bacterias biológicas o químicos nocivos.

Le saludo muy atentamente

Dra. Serrana Bassini
Secretaria General a.i.

Qué debe usted hacer si recibe una amenaza de ántrax

¿Qué probabilidades hay de que alguien reciba una sustancia biológica o química nociva por correo?

El Servicio Postal entrega millones de envíos por año. En la actualidad sólo ha habido dos casos Confirmados de bacteria ántrax enviada por correo.

¿Qué debería hacer si recibo una amenaza de ántrax por correo?

- No manipule el envío de correo o el paquete sospechoso de estar contaminado.

- Notifique a su supervisor, quien inmediatamente se pondrá en contacto con el Servicio de Inspección, la policía local, la oficina de seguridad o la persona designada.

- Asegúrese de que los paquetes dañados o sospechosos estén aislados y de que el área inmediata esté acordonada.

- Asegúrese de que todas las personas que hayan tocado el envío de correo se laven las manos con agua y jabón.

- Los inspectores recogerán el correo, evaluarán la situación de amenaza y coordinarán con los organismos de seguridad especializados en cada país.

- Los oficiales designados notificarán a los departamentos de salud locales, del condado y estatales, así como también al jefe de los servicios de emergencia del estado.

- Confeccione una lista de todas las personas que hayan tocado la carta y/o el sobre e incluya sus señas pare ponerse en contacto con ellas. Entregue la lista al Servicio de Inspección.

- Coloque todas las prendas que usó mientras estuvo en contacto con el envío de correo sospechoso y manténgales en el lugar que usted utiliza para cambiarse de ropa; entréguelas luego a los funcionarios policiales.

- Lo antes que pueda, tome una ducha con agua y jabón.

- Si un médico lo ha prescrito algún tipo de medicación, tómela hasta que se le indique lo contrario o que ésta se termine.

- Consulte urgentemente por teléfono al Servicio de Emergencia del Centro de Control de Enfermedades en su país para obtener respuestas a sus preguntas.

¿Qué es el ántrax?

El ántrax es una enfermedad bacteriana, zoonótica, causada por el Bacillus Anthracis. El ántrax se encuentra en animales domésticos y salvajes, tales como las ovejas, el ganado, los caballos y los ciervos. La forma dérmica de la enfermedad puede contraerse a través de la manipulación de pelos, lana, cueros, carne, sangre o materias fecales contaminadas pertenecientes a animales infestados y también de productos manufacturados, tales como la harina de huesos. La infección se introduce a través de rasguños o escoriaciones de la piel, heridas, inhalación de esporas, ingestión de carne infestada que no ha tenido suficiente cocción o de las moscas. Las ésporas son muy estables y pueden permanecer viables durante muchos años en la tierra y en el agua. Resisten la luz del solar por variados períodos.

¿Cuáles son los síntomas y efectos del ántrax?

Después de un período de incubación de entre 1 y 7 días, la aparición del ántrax por inhalación es gradual.

Algunos de los posibles síntomas son:

- fiebre;

- malestar;

- fatiga;

- tos;

- leves molestias en el pecho seguidas de dificultades respiratorias graves.

Esta enfermedad leve puede evolucionar rápidamente hasta la aparición de dificultades respiratorias graves y shock en un plazo de entre 2 y 4 días, acompañados de una serie de síntomas más graves, como por ejemplo dificultades para respirar y fatiga. La muerte se produce generalmente dentro de las 24 horas después de que se manifiestan las dificultades respiratorios.

¿Cuáles son las características clínicas del ántrax?

El ántrax es una infección bacteriana aguda de la piel, los pulmones o el tracto gastrointestinal. La infección aparece más comúnmente a través de la piel.

La forma dérmica o superficial de la infección aparece con mayor frecuencia en las manos y antebrazos de las personas que trabajan con ganado infestado con productos animales contaminados y representa el 95% de los casos de ántrax humano. Inicialmente se caracteriza por una pequeña elevación sólida de la piel, que se convierte fuego en una burbuja llena de líquido que se hincha en el lugar de la infección. La típica costra que se forma sobre la lesión puede ser negra como el carbón, de ahí el nombre de ántrax carbón en griego. Con tratamiento, la tasa de mortandad del caso es de menos del 1% entre las personas que contraen la forma dérmica de la enfermedad. La tasa de mortandad del ántrax inhalado sin tratar o del ántrax intestinal es de más del 90%.

La forma inhalada de ántrax se contrae por inhalación de las esporas, aparece principalmente entre los trabajadores que manipulan cueros de animales infestados, lana y pieles. En condiciones naturales, el ántrax por inhalación es extremadamente raro, sólo se tiene conocimiento de 18 casos en los Estados Unidos de América en el siglo XX.

¿Cuál es el tratamiento para el ántrax?

Ha quedado demostrado en pruebas con monos que el tratamiento con antibióticos que comienza un día después de la exposición brinda una importante protección contra la muerte, especialmente cuando se lo combina con inmunización activa. La penicilina, la doxiciclina, el ciproftaxin, son todos eficaces contra la mayoría de las cepas de la enfermedad. La penicilina es la droga por excelencia para el ántrax que se contrae naturalmente. Si no se trata, el ántrax inhalado es fatal.

Existe una vacuna y consiste en una serie de 6 dosis durante 18 meses con refuerzos anuales. Esta vacuna, si bien se sabe que protege contra el ántrax adquirido a través de la piel, se cree que también es eficaz contra las esporas inhaladas.

Se Puede lograr una efectiva descontaminación hirviendo los artículos contaminados en agua durante 30 minutos o más y empleando desinfectantes comunes. El cloro es eficaz para destruir las esporas y las células vegetativas. Recuerde que las esporas de ántrax son estables, capaces de resistir la luz solar por varias horas y de permanecer vivas en la tierra y en el agua durante años.

¿Qué es lo que constituye una "encomienda sospechosa" ?

Algunas características típicas que los inspectores postales han detectado con el transcurso de los años y que deberían despertar sospechas, se presentan en las encomiendas que:

- son inesperadas o provienen de alguien a quien usted no conoce;

- están dirigidas a alguien que no pertenece más a su organización o de lo contrario están fuera de fecha;

- no tienen la dirección del remitente o tienen una que no puede ser verificada como auténtica;

- tienen un peso fuera de lo normal, en función de su tamaño, o están ladeadas o tienen forma extraña;

- están marcadas con anotaciones restrictivas, tales como "Personal", o "Confidencial";

- tienen alambres que sobresalen, olores extraños o manchas;

- el franqueo indica una ciudad o estado que no coincide con la dirección del remitente.

¿Que debería hacer en caso de recibir una encomienda sospechosa por correo?

No trate de abrir la encomienda. Manténgala aislada. Evacue la zona inmediata. Llame a un inspector postal para informarle que usted ha recibido una encomienda por correo que puede contener sustancias biológicas o químicas.

ANEXO II
Secretaría de Comunicaciones

El Estado y los correos conforman una cadena de seguridad para proveer un servicio cada vez más seguro

Ante el temor de recibir correspondencia con la bacteria del ántrax, la Secretaría de Comunicaciones informa que —junto a los correos de todo el país— ha implementado una cadena de seguridad con el objetivo de reducir a su mínima expresión esta posibilidad.

En este sentido, las empresas postales están implementando medidas preventivas adicionales a las habituales para que la actividad postal continúe desplegando su servicio en todo el país sin inconvenientes.

Dentro de esta cadena de seguridad que conforma el Estado junto con los correos, el integrante más importante es el destinatario de los envíos, quien ante la duda que le genere un sobre sospechoso debe avisar a la Policía de su jurisdicción.

Es importante destacar la necesidad de contratar únicamente aquellas empresas de correo habilitadas legalmente, ya que son éstas las que han implementado sistemas adicionales de seguridad y que están en permanente contacto con la autoridad competente.

Los correos, argentinos movilizan cerca de 3 millones de envíos postales diariamente, es decir que desde que se produjeron los ataques terroristas en los Estados, Unidos se han manipulado 123 millones de sobres, lo que demuestra que los incidentes son hechos aislados y que el servicio postal continúa siendo confiable y seguro.

Se recomienda también, en el caso de enviar correspondencia con destinatario dentro o fuera del país, completar detalladamente todos los datos de remitente.

Buenos Aires, 22 de octubre de 2001

Sarmiento 151 2º piso, of. 202
Tel - (011) 4347-9911/9964

ANEXO III
POLICIA FEDERAL ARGENTINA
JEFATURA

INFORMATIVO Nº 98

Con relación a los hechos de público conocimiento ocurridos en los Estados Unidos de Norteamérica y que han generado en nuestra ciudadanía alguna preocupación hacia recepción de la corres pondencia, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA informa que la totalidad de las intervenciones efectuadas en territorio nacional no guardan conexidad con ningún tipo de agentes contaminantes de origen biológico o químico.

Asimismo y con el objeto de despejar dudas sobre la procedencia de los envíos postales y a fin de evitar falsas alarmas en la comunidad argentina, se da a conocer una serie de recomendaciones útiles sugeridas por las autoridades de distintos países del mundo y que esta Institución considera adecuadas.

1 En cuanto a las características de la correspondencia:

- prestar atención a los envíos no esperados por los destinatarios

- a la ausencia de remitente.

- a los nombres, cargos o títulos incorrectos o que no posee el destinatario (Ej. Dr. Ing. Lic. etc.

- a la indicación de título o cargo pero sin nombre del destinatario

- a las faltas ortográficas burdas, propias del desconocimiento del idioma español a la presencia de manchas aceitosas, decoloraciones o presencia de olores no comunes en la correspondencia.

- al franqueo excesivo

- a los envoltorios excesivos de seguridad.

- a la utilización de alambre o papel aluminio en el envoltorio.

- a la presencia de logos, imágenes o leyendas en el envío que puedan causar desatención.

- a la existencia de sonidos sospechosos al mover el envoltorio.

- al uso de endosos restrictivos, tales como "PERSONAL" o "CONFIDENCIAL".

- a estampillas o franqueos pertenecientes a lugares que no concuerdan con el remitente.

2 Si alguna de estas descripciones coincide con la correspondencia que ha recibido, debe proceder de la siguiente manera:

- Evitar sacudir y bajo ningún concepto abrir la carta o envío

- Empaquetarlo en una bolsa plástica utilizando guantes, la cual debe ser cerrada y sellada con cinta de embalar, adhesiva o similar. para evitar la salida del Contenido.

- Colocar la bolsa en un recipiente de paredes rígidas, preferentemente de plástico con tapa hermética.

- Colocar el recipiente rotulado (origen, identificación y fecha) y envuelto en papel absorbente dentro de una caja de cartón, rellenada apropiadamente con papel de manera de inmovilizar el contenido.

- En caso de carecer de cualquiera de los recipientes antes enunciado, cubrir el paquete o el sobre con cualquier elemento y no quitar esa cubierta.

- Salir de la habitación y cerrar la puerta, evitando que otras personas ingresen.

- Lavarse las manos y la cara con agua y jabón.

- Denunciar el incidente de inmediato y entregar el recipiente a la autoridad policial.

- En todos los cases se evitará que integrantes de su núcleo familiar u otras personas tomen contacto con el material citado hasta la entrega a las autoridades policiales.

- Se deberá informar la relación de personas que hayan tenido o que pudieran haber tenido contacto con dicha correspondencia.

Como actuar si se recibe correspondencia sospechosa.

Debe considerarse sospechosa la correspondencia con:



  • Envíos no esperados.





  • Ausencia de remitente.





  • Nombres, cargos o títulos incorrectos o sin destinatario.





  • Faltas de ortografía burdas, relacionadas con el desconocimiento del idioma español





  • Presencia de machas aceitosas, decoloraciones u olores raros en el sobre o elementos dudosos al tacto en su Interior.





  • Franqueo excesivo.





  • Uso de alambre o papel aluminio en el envoltorio.





  • Sonidos sospechosos en el paquete.





  • Endosos, restrictivos como por ejemplo la leyenda "confidencial" o para ser abierto únicamente por el destinatario





  • Estampillas o franqueos de lugares que no concuerdan con el remitente.



EN CASO DE RECIBIR CORRESPONDENCIA QUE CUMPLA CON ALGUNA DE ESTAS CONDICIONES, SE RECOMIENDA PROCEDER DE LA SIGUIENTE MANERA:

1. NUNCA ABRIR LA CARTA 0 ENVIO.

2. EVITAR SACUDIR LA CORRESPONDENCIA.

3. EMPAQUETARLA EN DOBLE BOLSA PLASTICA Y CERRARLA CON CINTA DE EMBALAR ADHESIVA O SIMILAR PARA EVITAR QUE SE VUELQUE EL CONTENIDO.

4. LAVARSE LAS MANOS Y LA CARA CON AGUA Y JABON

5. HACER LA CORRESPONDIENTE DENUNCIA POLICIAL TELEFONOS 101 - 0 SU COMISARIA

EN EL SUPUESTO CASO DE HABER TENIDO CONTACTO CON EL CONTENIDO DE LA CORRESPONDENCIA:

1. NO INTENTAR QUITAR LA SUSTANCIA DESCONOCIDA DEL LUGAR EN QUE SE DERRAMO.

2. CUBRIR EL CONTENIDO DERRAMADO.

3. QUITARSE LA ROPA CONTAMINADA LO ANTES POSIBLE, E INTRODUCIRLA, EN UN ENVASE QUE PUEDA SER SELLADO PARA ENTREGARLO A LAS AUTORIDADES POLICIALES.

4. DUCHARSE CON AGUA Y JABON LO ANTES POSIBLE, SIN USAR DESINFESTANTE.

8. SALIR DE LA HABITACION Y CERRAR LA PUERTA, EVITANDO QUE OTRAS PERSONAS INGRESEN.

6. EVITAR QUE CUALQUIER PERSONA DE LA CASA TOME CONTACTO CON EL MATERIAL.

7. INFORMAR SOBRE LAS PERSONAS QUE HAYAN TENIDO CONTACTO CON ESA CORRESPONDENCIA Y ESPERAR EN EL LUGAR A LA AUTORIDAD POLICIAL.

Administracionius UNLP

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