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Secretaría de Comunicaciones




[b] Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 124/2007

Solicitudes de adjudicación de subbandas de frecuencias perteneciente a la distribución establecida en la Resolución Nº 161/2005.

Bs. As., 19/6/2007

VISTO el Expediente Nº 721/2007 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Anexo IV del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 se aprobó el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico.

Que el referido Reglamento prevé en su Artículo 8º que la Autoridad de Aplicación autorizará el uso de bandas de frecuencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones mediante: concursos o subastas públicas, o a demanda.

Que adicionalmente establece que: "Ante la solicitud de autorización de uso de una banda de frecuencia, la Autoridad de Aplicación publicará en el Boletín Oficial la banda de frecuencia solicitada, estableciendo un plazo de QUINCE (15) días a fin de que terceros tomen conocimiento de la petición y, en su caso, manifiesten su interés inscribiéndose en el registro que a tales efectos abrirá la Autoridad de Control."

Que por la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de esta Secretaría se aprobó la utilización en forma exclusiva de las bandas de frecuencias comprendidas entre 452,500 a 456,750 MHz y de 462,500 a 466,750 MHz, atribuidas al servicio fijo con categoría primaria, por parte de sistemas de acceso fijo inalámbrico tecnología digital y reúso celular de frecuencias para la prestación de los servicios de Telefonía Local, y/o Transmisión de Datos y/o Acceso a Internet.

Que a los efectos de la adjudicación de bandas de frecuencias para desplegar los servicios a los que alude, se estableció un procedimiento de concurso público.

Que receptando lo señalado en el tercer considerando, la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de esta Secretaría mediante su Artículo 11 expresa: "Ante el pedido de adjudicación de una subbanda perteneciente a la distribución establecida en el CUADRO 1 del ANEXO I de la presente resolución se procederá a publicar el mismo en el BOLETIN OFICIAL, estableciéndose un plazo de QUINCE (15) días a fin de que terceros tomen conocimiento de la petición efectuada y en su caso, manifiesten expresamente su interés en la misma, habilitándose así el procedimiento concursal respectivo."

Que se han registrado pedidos de adjudicación de subbandas de frecuencias para la actividad que nos ocupa en distintas zonas encabezadas por las ubicaciones de Estaciones Concentradoras de Tráfico en ONCATIVO y COLONIA CAROYA, ambas de la Provincia de CORDOBA.

Que mediante las presentaciones del caso el interesado ha cumplimentado con las previsiones del Anexo III de la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de esta Secretaría, y demás requerimientos aplicables para esta etapa inicial de tratamiento de solicitudes, por lo que procede la publicación establecida en los plexos normativos "ut supra" aludidos.

Que el apartado 9.3. del Artículo 9º del ya citado Anexo IV del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 estableció que la Autoridad de Aplicación podrá establecer un valor económico de referencia para las bandas de frecuencias a concursar o subastar.

Que el Artículo 11 de la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de esta Secretaría fijó que en caso de existir un solo interesado por área, se procederá a adjudicar la subbanda respectiva en forma directa, debiendo el adjudicatario abonar el precio base que se establezca para cada caso así como dar cumplimiento a la totalidad de las normas y obligaciones que se establezcan en cada concurso.

Que conforme al contenido de las normas expresadas corresponde fijar el valor económico de las subbandas puestas a concurso.

Que en cuanto a las obligaciones a cumplir por quienes resultaren adjudicatarios, las mismas serán las fijadas en los Anexos I y II de la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de esta Secretaría.

Que por una cuestión de orden administrativo, resulta conveniente que las eventuales manifestaciones de interés que terceros interesados realicen para las bandas motivo de esta publicación dentro de los aludidos QUINCE (15) días, sean presentadas ante el Centro de Atención de Usuarios del Espectro Radioeléctrico (CAUER) de la Gerencia de Ingeniería de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

[b] Artículo 1º — Publíquese en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA, conforme a las previsiones del Artículo 11 de la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, el pedido de adjudicación de subbandas de frecuencias perteneciente a la distribución establecida en el Cuadro 1 del Anexo I de dicha resolución, en la banda comprendida entre 452,500 a 456,750 MHz y de 462,500 a 466,750 MHz, de acuerdo con el detalle volcado en el ANEXO de la presente; a fin de que terceros tomen conocimiento de la petición efectuada y en su caso manifiesten por el término de QUINCE (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente, su interés en las mismas, para lo cual deberán dar cumplimiento a los requerimientos fijados en el Anexo III de la norma citada.

[b] Art. 2º — Establecer el valor económico de cada subbanda para cada área de prestación, por cada Estación Concentradora de Tráfico, en PESOS CINCO MIL ($ 5.000).

[b] Art. 3º — Establecer que las obligaciones a cumplir por quienes resulten adjudicatarios serán las fijadas en los Anexos I y II de la Resolución Nº 161 de fecha 5 de julio de 2005 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.

[b] Art. 4º — Determinar que las eventuales manifestaciones de interés por las subbandas de frecuencias y zonas geográficas motivo de esta publicación, realizadas por terceros dentro de los QUINCE (15) días a los que alude el Artículo 1º, serán recepcionadas únicamente a través del Centro de Atención de Usuarios del Espectro Radioeléctrico (CAUER) de la GERENCIA DE INGENIERIA de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

[b] Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos L. Salas.

ANEXO

DETALLE DE LAS UBICACIONES PARA LAS QUE SE REQUIEREN ADJUDICACIONES DE SUBBANDAS DE FRECUENCIAS CONFORME A LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION Nº 161 DE FECHA 5 DE JULIO DE 2005 DICTADA POR LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES.


















ECT

Departamento o Localidad

PRO

Coord. Geográficas LO - LS

ONCATIVO

ONCATIVO

CD

63° 41’ 14" - 31° 54’ 38"

COLONIA CAROYA

COLONIA CAROYA

CD

64° 06’ 47" - 30° 59’ 07"



ECT: Estación Concentradora de Tráfico.
PRO: Provincia.
CD: Córdoba
LO: Longitud Oeste.
LS: Latitud Sur

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