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Resolución Conjunta Nº 118/97 - S.O.P. y 107/97 - S. T.




MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS



SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y SECRETARIA DE TRANSPORTE



Resolución Conjunta Nº 118/97 - S.O.P. y 107/97
- S. T.



Bs. As., 2/12/97



B.O: 16/12/97



VISTO el Expediente Nº 561-025679/96 del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución
Nº 47 de fecha 3 de diciembre de 1996 de la ex-SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, y


CONSIDERANDO:


Que por la resolución citada en el Visto se constituyo
en el ámbito de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE,
la Comisión "ad-hoc" Puente Zárate - Brazo
Largo, con la misión esencial de coordinar todo lo relativo
al control de las reparaciones en el Complejo Ferrovial Zárate-Brazo
Largo.


Que debido a las modificaciones operadas en la organización
institucional del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
a partir del dictado del Decreto 756 de fecha 22 de agosto de
1997, es necesario constituir la Comisión "Complejo
Ferrovial Zárate - Brazo Largo", en el ámbito
de a SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.


Que en virtud de lo mencionado en el considerando anterior, corresponde
designar nuevos integrantes de la citada Comisión, sin
que ello implique modificar las competencias de los distintos
órganos y entes dependientes de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS y de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.


Que asimismo corresponde determinar nuevos objetivos de la Comisión
que se crea, dado el avance de las tareas desarrolladas en el
Complejo Ferrovial Zárate - Brazo Largo desde la fecha
de la rotula del anclaje inferior del obenque Nº 7 del Puente
Paraná - Guazú.


Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto Nº 756 de fecha 22 de agosto de
1997.


Por ello


EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVEN:


ARTICULO 1º-Constitúyase la Comisión
"Complejo Ferrovial Zárate - Brazo Largo", en
el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, la que tendrá
por funciones


a) Coordinar y supervisar las tareas de reparación del
Complejo Ferrovial Zárate - Brazo Largo;


b) Determinar, en base a los informes que suministren los organismos
técnicos, los diferentes ordenamientos de tránsito
carretero y ferroviario en el Complejo;


c) Proponer la contratación de los profesionales que resulten
necesarios para evaluar el estado del Complejo;


d) Facilitar a las autoridades administrativas competentes toda
la información necesaria para deslindar las responsabilidades
emergentes de la rotura del obenque Nº 7 del puente Paraná
Guazú y las roturas de los alambres de algunos de los restantes
obenques;


e) Informar a los subscriptos del avance de todas las tareas que
se realicen.


ARTICULO 2º-Desígnanse como miembros integrantes
de la Comisión constituida por el artículo 1º
al Señor SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, Ingeniero Don
Pedro Rafael MORRONE, al Señor Administrador General de
la Dirección Nacional de Vialidad, Ingeniero Don Guillermo
Manuel CABANA y a la Doctora Dora Alba THOMAS HATTI de la Subsecretaría
de Transporte Terrestre.


ARTICULO 3º-Desígnanse como Secretarios Ejecutivos
de la Comisión constituida por el artículo 1º
al Ingeniero Don Hernán VILLALBA, al Contador Don Eduardo
Hector SGUIGLIA, al Doctor Don Federico Moisés TRUJILLO,
al Ingeniero Don Roberto Angel MAGLIE, al Ingeniero Don Michael
LEAN COLE, al Ingeniero Don Alfredo Eduardo VILLAGGI y al Ingeniero
Don Raúl BERTERO.


ARTICULO 4º-Autorízase a la Comisión
constituida por el artículo 1º, a requerir la colaboración
que resulte necesaria de todos los órganos y entes dependientes
de las Secretarías de Obras Públicas y la de Transporte.



ARTICULO 5º-Derógase la Resolución Nº
47 de la ex-Secretaría de Obras Públicas y Transporte
de fecha 3 de diciembre de 1996.


ARTICULO 6º-Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Lic. EUGENIO PENDAS, Secretario de Obras Públicas.-Dr.
ARMANDO N. CANOSA. Secretario de Transporte, Ministerio de Economía
y Obras y Servicios Públicos.


e. 16/12 Nº 210.205 v. 16/12/97

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