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Resolución 1914/97 del 30/12/97




Comisión Nacional de Comunicaciones



SERVICIOS POSTALES



Resolución 1914/97



Mantiénese inscripta a la empresa Copicar
S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.




Bs. As., 30/12/97



B.O: 12/01/98



VISTO el expediente Nº 1067 del Registro de
la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y



CONSIDERANDO:



Que en las presentes actuaciones la firma denominada
COPICAR S.R.L. ha solicitado que se mantenga su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.




Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional
de Prestadores de Servicios Postales el 18 de octubre de 1995,
con el número TRECIENTOS SESENTA Y UNO (361).



Que en relación a lo peticionado, en la actualidad
han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por
el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 modificado por
Decreto Nº 115/97.



Que de la documentación aportada puede inferirse
que quienes forman parte de los órganos de administración
o control de la persona ideal de marras no han sido condenados
por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155,
156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.



Que ha sido presentada la declaración jurada
prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.



Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento
de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo
1º inciso d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de
1997.



Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias,
en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de
la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas
47 y manifiesta no tener oblaciones de índole legal que
formular.



Que, en consecuencia, procede mantener inscripta
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a
la firma denominada COPICAR S.R.L..



Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades
contenidas en el artículo 6º inciso d") del Decreto
Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.



Por ello,



EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:



Artículo 1º-Declárase
que la firma denominada COPICAR S.R.L. mantiene el cumplimiento
de la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº
1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su
inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
Postales.



Art. 2º-Mantiénese
inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales bajo el número TRECIENTOS SESENTA
Y UNO (361).



Art. 3º-Regístrese,
comuníquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial, publíquese y archívese.-Roberto
C. Catalán.-Roberto E. Uanini.-Hugo Zothner.-Patricio Feune
de Colombi.-Antonio S. Name.-Federico N. A. Luján de la
Fuente.-Alberto J. Gabrielli.

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