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Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios CORREDORES VIALES Resolución 173/2003 Apruébase todo lo actuado por la Comisión de Concesiones creada por Resolución N° 60/ 2003, y por la Secretaría de Obras Públicas en la tramitaci




Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios

CORREDORES VIALES

Resolución 173/2003

Apruébase todo lo actuado por la Comisión de Concesiones creada por Resolución N° 60/ 2003, y por la Secretaría de Obras Públicas en la tramitación y selección de los Oferentes Seleccionados de la Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje de la construcción, mejoras, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de las Leyes N° 17.520 y concordantes de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional.

Bs. As., 21/10/2003

VISTO el Expediente N° S01:0102998/2003 del Registro de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto N° 425 de fecha 25 de julio de 2003, las Resoluciones del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003 y N° 154 de fecha 14 de octubre de 2003, las Resoluciones de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N° 112 de fecha 4 de septiembre de 2003, N° 148 de fecha 3 de octubre de 2003, N° 149 de fecha 3 de octubre de 2003 y N° 160 de fecha 14 de octubre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el trámite de la Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje de la construcción, mejoras, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de la Ley N° 17.520 y concordantes de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional, se ajustó a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003 y su modificatoria N° 154 de fecha 14 de octubre de 2003.

Que el día 17 de octubre de 2003, conforme con lo previsto en los artículos 7° y 8° y el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones Generales mencionado en el Considerando anterior, se procedió a la apertura de los Sobres "C" y "D" presentados por Postulantes calificados en condiciones de ofertar, que se hallaban dentro del listado aprobado por la Resolución de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS N° 149 de fecha 3 de octubre de 2003.

Que a la apertura mencionada se presentaron, dentro del listado aprobado, DOCE (12) Postulantes calificados con Sobres "C" declarados admisibles, conteniendo sus Sobres "D" un total de TREINTA Y CUATRO (34) ofertas admisibles, todo ello detallado en el Acta de Constatación labrada al folio CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (457) del Registro N° 1896 de esta Ciudad a cargo de la Escribana Eugenia Elena GUARNERIO de O’ FARRELL, protocolizada en la Escribanía General del Gobierno de la Nación.

Que la Comisión de Concesiones organizada por el artículo 7° de la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003, ha emitido su dictamen de evaluación obtenido a través del criterio de selección conjunta de ofertas que maximice el resultado de la Caja Unica para el ESTADO NACIONAL conforme con el apartado 8.3.4. del Pliego de Bases y Condiciones Generales mencionado en el primer Considerando.

Que conforme con tal dictamen resultaron Ofertas Seleccionadas las siguientes: COARCO S.A. - EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.) para el Corredor N° 1 con un canon; del CUATRO COMA DOS MIL DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (4,2000%); HOMAC S.A. para el Corredor N° 2 con canon del QUINCE COMA CERO CIENTO DOCE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (15,0112%); DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 3 con un canon del TREINTA Y DOS COMA MIL CIENTO TRECE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (32,1113%); CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A. - PODESTA CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 4 con un canon del SIETE COMA SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (7,7700%); COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. - ESTRUCTURA S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. - NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 5 con un canon del VEINTIUNO POR CIENTO (21,0000%) y a SUPERCEMENTO S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 6 con una subvención del TREINTA Y TRES COMA DOS MIL CINCUENTA DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (33,2050%).

Que en consecuencia resulta procedente preadjudicar la licitación mencionada en la forma que se especifica en el Considerando que antecede y suscribir los Contratos de Concesión respectivos "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL, aprobando previamente lo actuado por la Comisión de Concesiones organizada por la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003.

Que corresponde dejar constancia que como Anexo "C" a los Contratos de Concesión se han agregado las TRECE (13) Circulares emitidas por la mencionada Comisión de Concesiones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003.

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto por la Ley N° 17.520 y concordantes; el Decreto N° 1283 de fecha 24 de mayo de 2003 y el Decreto N° 425 de fecha 25 de julio de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase todo lo actuado por la Comisión de Concesiones creada por la Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003, y por la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en la tramitación y selección de los Oferentes Seleccionados de la Licitación Pública Nacional para otorgar la concesión por peaje de la construcción, mejoras, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de las Leyes N° 17.520 y concordantes de los Corredores Viales que componen la Red Vial Nacional de acuerdo con la Resolución Ministerial mencionada al comienzo de este artículo.

Art. 2° — Declárase como Oferentes Seleccionados y preadjudicatarios de la Licitación Pública a que se refiere el artículo precedente a: COARCO S.A. - EQUIMAC S.A.C.I.F. e I. (U.T.E.) para el Corredor N° 1 con un canon del CUATRO COMA DOS MIL DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (4,2000%); HOMAQ S.A. para el Corredor N° 2 con canon del QUINCE COMA CERO CIENTO DOCE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (15,0112%); DECAVIAL S.A.I.C.A.C. - VIALCO S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 3 con un canon del TREINTA Y DOS COMA MIL CIENTO TRECE DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (32,1113%); CORPORACION AMERICA S.A. - HELPORT S.A.- PODESTA CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 4 con un canon del SIETE COMA SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (7,7700%); COVICO CONCESIONARIO VIAL S.A. - COPRISA S.A. - ESTRUCTURA S.A.C.I.C.I.F. - GLIKSTEIN Y CIA. S.A.C.I.A.M. - I.C.F. S.A. - NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 5 con un canon del VEINTIUNO POR CIENTO (21,0000%) y a SUPERCEMENTO S.A.I.C. - DRAGADOS Y OBRAS PORTUARIAS S.A. (U.T.E.) para el Corredor N° 6 con una subvención del TREINTA Y TRES COMA DOS MIL CINCUENTA DIEZ MILESIMOS POR CIENTO (33,2050%).

Art. 3° — Aclárase que los contratos con los Oferentes Seleccionados y preadjudicatarios mencionados en el artículo 2° precedente, se suscriben "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL e incluyen como Anexo "C" las TRECE (13) Circulares emitidas por la Comisión de Concesiones, creada por Resolución del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS N° 60 de fecha 19 de agosto de 2003.

Art. 4° — Dése cuenta a la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la Comisión Bicameral del Congreso Nacional creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696 y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a sus efectos.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.

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