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MINISTERIO DE ECONOMIA




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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución Nº 28.530 del 18 Dic. 2001

Expediente Nº 42.059. PRODUCTOR ASESOR DE SEGUROS SR. MARCELO E. ROUSSET S/ POSIBLE INCUMPLIMIENTO A LA LEY 22.400.

Síntesis:

VISTO y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º — Rechazar la prueba informativa, testimonial y pericial propuesta por ser manifiestamente inconducente.

ARTICULO 2º — Sancionar al productor asesor de seguros Sr. Marcelo E. Rousset (matr. 12.317) con la pena de inhabilitación por el término de 1 (uno) año.

ARTICULO 3º — Intimar al productor asesor de seguros Sr. Marcelo E. Rousset (matr. 12.317) a que en el término de 10 (diez) días proceda a rubricar nuevos libros volcando los últimos 5 años de operaciones, cobranzas y rendiciones.

ARTICULO 4º — Una vez firme la sanción impuesta a través del art. 2º de la presente Resolución, regístrese por la Gerencia de Control.

ARTICULO 5º — Se deja constancia que la presente resolución es apelable en los términos del art. 83º de la Ley 20.091.

ARTICULO 6º — Regístrese, notifíquese con copia del informe obrante a fs. 37/41 y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: Conf. RUBEN D. PONCIO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 24/12 Nº 373.569 v. 24/12/2001

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