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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Decreto 2065/2004 Desígnase Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Decreto 2065/2004

Desígnase Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.

Bs. As., 31/12/2004

VISTO el Expediente Nº S01:0190893/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.827 y los Decretos Nros 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.827 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.

Que por el Artículo 7º del Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, se exceptuó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de las limitaciones dispuestas por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas que sean previstos para dicha jurisdicción en el marco de la adecuación organizacional.

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto por los Títulos III - Capítulo III - y VI - Artículo 71, primer párrafo, primera parte - del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el profesional propuesto, reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir el cargo de Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los Artículos 7º del Decreto Nº 1359/04 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase a partir de la notificación del presente acto administrativo, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, con excepción a lo dispuesto por los Títulos III - Capítulo III - y VI - Artículo 71, primer párrafo, primera parte - del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, en UN (1) cargo Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al Licenciado en Administración Don José Luis de OYARBIDE (M.I. Nº 8.589.075).

Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

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