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Ministerio de Economía y Producción CONTRATOS DE FIDEICOMISO Resolución 148/2005 Apruébase la Addenda al Contrato de Fideicomiso y sus Anexos aprobado por la Resolución Nº 347/2004, referida a las Medianas Empresas, incorporadas al Programa Global de




Ministerio de Economía y Producción
CONTRATOS DE FIDEICOMISO
Resolución 148/2005
Apruébase la Addenda al Contrato de Fideicomiso y sus Anexos aprobado por la Resolución Nº 347/2004, referida a las Medianas Empresas, incorporadas al Programa Global de Crédito por el Decreto Nº 1636/2004.
Bs. As., 16/3/2005
VISTO el Expediente N° S01:0012499/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, 1118 de fecha 9 de mayo de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio y 1636 de fecha 24 de noviembre de 2004, la Resolución N° 347 de fecha 12 de mayo de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, se aprobó el modelo de Contrato de Préstamo con destino al Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa a suscribirse con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de financiamiento de hasta el equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (U$S 100.000.000).
Que el Artículo 5° del Decreto N° 993/99, estableció que la UNIDAD DE COORDINACION DEL PROGRAMA, que actualmente funciona en la jurisdicción de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, será el Organismo Ejecutor del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa.
Que con fecha 15 de septiembre de 1999, la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) han firmado el Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR, para cooperar en la ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa, a través del incremento de la capacidad productiva de las mismas en las actividades de producción, comercialización y prestación de servicios.
Que con fecha 5 de septiembre de 2002, la NACION ARGENTINA a través del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) han firmado una modificación al Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR, con el objeto de utilizar la figura del fideicomiso como medio de otorgar una seguridad jurídica adicional a los recursos del citado Programa.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 1118 de fecha 9 de mayo de 2003, se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a través del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA a constituir un Programa de Fideicomisos con el objeto de utilizar los fondos del Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR, aprobado por el Decreto N° 993/99.
Que por su parte, el Artículo 4° del Decreto N° 1118/03 facultó al entonces Señor Ministro de la Producción y/o a quienes éste designe en su reemplazo, a suscribir, en representación del ESTADO NACIONAL, el mencionado Contrato de Fideicomiso.
Que por el Artículo 5° del Decreto N° 1118/03 se facultó al entonces Señor Ministro de la Producción, a través del Organismo Ejecutor del Programa a convenir y suscribir modificaciones al modelo de Contrato de Fideicomiso aprobado por el Artículo 3° del mismo decreto, siempre que dichas modificaciones no constituyan cambios sustanciales al destino del préstamo.
Que con fecha 26 de mayo de 2004 el ESTADO NACIONAL por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, suscribió el Contrato de Fideicomiso cuyo modelo se aprobó mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 347 de fecha 12 de mayo de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que mediante el Decreto N° 1636 de fecha 24 de noviembre de 2004, se modificó el Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR aprobado por el Decreto N° 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, con destino al Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa.
Que el mencionado Decreto N° 1636/04, incorpora a la Mediana Empresa como beneficiaria del ahora Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa determinando las características de ésta última en acuerdo a los parámetros establecidos por la clasificación MERCOSUR.
Que las ahora incorporadas Medianas Empresas, sufren una sola excepción, y es la concesión del beneficio como capital de trabajo, cuya posibilidad de adjudicación finalizó el 18 de diciembre de 2004, conforme surge del referido Decreto N° 1636/04 en su Anexo I Apéndice 12 Estipulaciones Especiales Cláusula 4.02 Acápite (f).
Que atento al Acápite (e) de la Cláusula 4.02 de las Estipulaciones Especiales del Apéndice 12 del Anexo I del Decreto N° 1636/04, la Mediana Empresa no podrá recibir un beneficio que exceda el equivalente a un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES (U$S 3.000.000), en forma individual o conjunta.
Que la presente medida no implica modificaciones al destino del préstamo, habida cuenta de que la misma tiene por objeto adaptar el alcance del Contrato de Fideicomiso a la normativa vigente.
Que el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por el Artículo 5° del Decreto N° 1118 de fecha 9 de mayo de 2003 y el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase la Addenda al Contrato de Fideicomiso y sus Anexos, aprobado por el Artículo 1° de la Resolución N° 347 de fecha 12 de mayo de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y suscripto por el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION con fecha 26 de mayo de 2004, que, con DOS (2) hojas, como Anexo, forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.
ANEXO
ADDENDA AL CONTRATO DE FIDEICOMISO
Visto el Contrato de Fideicomiso celebrado en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES el día 26 de mayo de 2004, entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a través del Organismo Ejecutor del Programa Global de Crédito a la Micro y Pequeña Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, bajo la jurisdicción del Ministerio antes mencionado y SUD INVERSIONES Y ANALISIS SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de Sociedad Fiduciaria del Fideicomiso MyPEs II(a), y los Bancos CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO y BANCO MACRO BANSUD SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de Instituciones Financieras Intermedias, suscriben la presente Addenda:
PRIMERO: Las partes acuerdan incorporar a la Mediana Empresa al Contrato de Fideicomiso y sus Anexos conforme lo dispuesto en el Decreto N° 1636 de fecha 24 de noviembre de 2004, modificatorio del Contrato de Préstamo BID 1192/OC-AR aprobado por el Decreto N° 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, con la restricción establecida en la concesión del beneficio como capital de trabajo, cuya posibilidad de adjudicación finalizó el 18 de diciembre de 2004, conforme surge del referido Decreto N° 1636/04 en su Anexo I Apéndice 12 Estipulaciones Especiales Cláusula 4.02 Acápite (f).
SEGUNDO: Sustitúyese en el Contrato de Fideicomiso y en sus Anexos, la sigla MyPE (Micro y Pequeña Empresa) por MiPyME (Micro, Pequeña y Mediana Empresa).
TERCERO: Entiéndese por Mediana Empresa a toda aquella que tenga un volumen de ventas y/o facturación anual que no sea superior al equivalente de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000) excluido el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de acuerdo a la clasificación del MERCOSUR.
CUARTO: Amplíese el monto máximo de saldos deudores de descuentos de cada Subprestatario con el Programa, considerando el total de fideicomisos a los que se aporten recursos del Programa, cuyo monto se amplía de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON (U$S 1.000.000) a DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES (U$S 3.000.000), para el caso particular de la Mediana Empresa.
En fe de lo aquí establecido, actuando cada parte por medio de su representante autorizado, se firman CINCO (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,




















Por Ministerio de Economía y Producción

Por Sud Inversiones y Análisis S.A.

SSePyMEyDR

 

Organismo Ejecutor
Programa Global de Crédito a la Micro

 

y Pequeña Empresa.

 

 

 

Por Banco Credicoop Coop. Ldo

Por Banco Macro-Bansud S.A.










.

Buenos Aires,

de

de 2005.


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