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MINISTERIO DE ECONOMIA Y




[b] MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Decisión Administrativa 81/2006

Declárase, a los fines procesales administrativos, la inhabilidad del día 29 de agosto de 2003, para los organismos sitos en la Avenida Julio A. Roca Nº 651 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 17/3/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0199775/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 29 de agosto de 2003, se ha visto afectado el edificio sito en la Avenida Julio A. Roca Nº 651 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un incendio producido en horas de la madrugada en los pisos segundo y tercero.

Que debido a los trabajos que debía realizar el Cuerpo de Bomberos de la Policía Federal Argentina en las instalaciones y a efectos de asegurar convenientemente las mismas, se procedió a su cierre, por lo que se dispuso la prohibición de ingreso de persona alguna el mencionado día.

Que en dicho edificio se encuentran instaladas oficinas de organismos dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en virtud de ello, se han visto imposibilitadas a funcionar las Mesas de Entradas del edificio para la recepción de documentos, como así también la tramitación desde y hasta los organismos jurisdiccionales.

Que por los motivos expuestos, y a los fines procesales administrativos, se hace necesario declarar por razones de fuerza mayor la inhabilidad del día 29 de agosto de 2003.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 1) de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

[b] Artículo 1º — Declárase inhábil a los efectos procesales el día 29 de agosto del 2003, sin perjuicio de los actos que, eventualmente, se hubieren cumplido en dicha fecha, para los organismos sitos a esa fecha en la Avenida Julio A. Roca Nº 651 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

[b] Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

Administracionius UNLP

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