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Ministerio de Economía





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DEUDA PUBLICA

Resolución 488/2000

Apruébase la operación de pase de tasa de interés fija a flotante con el First Trust of New York, National Association, en su carácter de fiduciario de Hexagon II y no a título personal, sobre el Pagaré a Tasa Fija del Gobierno Nacional "Serie I", emitido por Resolución Nº 996/ 2000.

Bs. As., 28/11/2000

VISTO, el Expediente Nº 080-007719/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 "Ley Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1999), y la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 996 de fecha 27 de noviembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 996/2000, se emitió el Pagaré del GOBIERNO NACIONAL a Tasa Fija "Serie I" por un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES (V.N. U$S 300.000.000) a una tasa fija de CATORCE CON SETENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (14,75%) anual, pagadera mensualmente.

Que dicho Pagaré se colocará a FIRST TRUST OF NEW YORK, NATIONAL ASSOCIATION, actuando a través de su representación permanente en la REPUBLICA ARGENTINA, como fiduciario del fideicomiso financiero denominado HEXAGON II y no a título personal, a través del cual se emitirán Certificados de Participación o Títulos de Deuda sobre los activos subyacentes del fideicomiso.

Que al momento de recibir la propuesta de emisión del Pagaré, BANCO RIO DE LA PLATA S.A., BANCO FRANCES S.A., HSBC BANK ARGENTINA S.A. y BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A., en su carácter de fiduciantes, contemplaron la posibilidad de realizar una operación de pase de tasa de interés ("swap" de tasa de interés) de tasa fija a tasa variable.

Que el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 "Ley Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1999) faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio, a realizar operaciones de administración de pasivos incluyendo la reestructuración de la deuda pública en el marco del artículo 65 de la Ley Nº 24.156, tales como compra, venta y/o canje de instrumentos financieros, de bonos o acciones, pases de moneda, tasa de interés o títulos, compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados.

Que la operación de pase de tasa de interés, se encuadra en el artículo mencionado en el considerando anterior.

Que dadas las condiciones actuales del mercado financiero que presenta elevadas tasas de interés, se entendió conveniente efectuar la presente operación, ya que cualquier baja en las mismas, reflejará un costo financiero menor para la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley Nº 11.672 "Ley Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1999).

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Apruébase la operación de pase de tasa de interés fija a flotante, entre la REPUBLICA ARGENTINA y FIRST TRUST OF NEW YORK, NATIONAL ASSOCIATION, actuando a través de su representación permanente en la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de fiduciario de HEXAGON II y no a título personal, sobre el Pagaré a Tasa Fija del GOBIERNO NACIONAL "Serie I", emitido por el artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 996 de fecha 27 de noviembre de 2000.

Art. 2º
— Apruébase la documentación para realizar la operación descripta en el artículo 1º integrada por el "Acuerdo de Swap relativo a HEXAGON II – FIDEICOMISO FINANCIERO", cuya copia obra como Anexo a la presente Resolución.

Art. 3º — La SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio, será la autoridad de aplicación e interpretación, quedando facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias de la presente Resolución.

Art. 4º
— Autorízase al Secretario de Finanzas, Licenciado D. Daniel MARX, o al Subsecretario de Financiamiento, Licenciado D. Julio DREIZZEN, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público Licenciado D. Federico Carlos MOLINA, o al Director de Financiación Externa Licenciado D. Norberto Mauricio LOPEZ ISNARDI, a suscribir en forma indistinta la documentación que en lo sustancial deberá ser acorde con la aprobada por el artículo 2º y toda aquella que resulte necesaria para instrumentar la operación aprobada por el artículo 1º de la presente Resolución.

Art. 5º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Mario Vicens.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

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