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Estado Mayor General de la Fuerza Aerea




Estado Mayor General de la Fuerza Aerea

SEGURIDAD EN LA AVIACION

Resolución 606/2002

Apruébase el "Documento Rector de Seguridad en la Aviación para la República Argentina". Norma sobre protección de la aviación civil internacional contra actos de interferencia ilícita.

Bs. As., 12/9/2002

VISTO el expediente N° 2.430.878 (FAA), las Resoluciones del Jefe del Estado Mayor General N° 383/01 de fecha 12 de junio de 2001 y N° 80/2002 de fecha 19 de febrero de 2002, lo propuesto por el señor Comandante de Regiones Aéreas y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 1 de julio de 2002 entró en vigencia la enmienda 10 al Anexo 17 —Seguridad — al Convenio sobre la Aviación Civil Internacional, ratificado por Ley N° 13.891.

Que a partir del dictado de dicha enmienda surge necesario dictar una norma rectora en materia de Seguridad de la Aviación que contenga las disposiciones básicas de aplicación en la materia para toda la actividad aeroportuaria que se desarrolle en el país.

Que estas disposiciones, que integran un plexo llamado Documento Rector, constituyen la máxima normativa respecto a la seguridad de la actividad aeronáutica y aeroportuaria en cuanto a la protección de la aviación civil internacional contra actos de interferencia ilícita.

Que este Documento Rector constituye asimismo el marco normativo mediante el cual quedan debidamente establecidas las funciones, atribuciones y responsabilidades en la materia del Comandante de Regiones Aéreas y del Director Nacional de Policía Aeronáutica, estableciendo los principios generales de la seguridad aeroportuaria de los cuales se derivan los demás textos legales y reglamentaciones aplicables a la materia, como el Programa Nacional de Seguridad Aeroportuaria y el Programa Nacional de Cargas.

Que el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997, ratificado por Decreto N° 842 de fecha 27 de Agosto de 1997 dispone que las funciones de seguridad de la aviación son responsabilidad de la Fuerza Aérea, ejercidas a través del Comando de Regiones Aéreas, al tiempo que la Policía Aeronáutica Nacional es el Organismo de esta Institución que tiene a su cargo el ejercicio del poder de policía en el aeroespacio y el poder de policía de seguridad y judicial en el ámbito aeroportuario, conforme lo establecido en la Ley N° 21.521.

Por ello,

EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA
RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el "DOCUMENTO RECTOR DE SEGURIDAD EN LA AVIACION PARA LA REPUBLICA ARGENTINA" que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

Art. 2° — Regístrese, pase al Comando de Regiones Aéreas para su conocimiento y publicación en Boletín Aeronáutico Público y en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Oportunamente, archívese. — Walter D. Barbero.

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

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