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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS


SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS


LICITACION PUBLICA NACIONAL Nº 18/2007


Circular Sin Consulta Nº 3


Bs. As., 4/3/2008


Por la presente, el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se dirige a los interesados y adquirentes del Pliego de Bases y condiciones de la Licitación Pública Nacional Nº 18/207 s/Centro Cultural del Bicentenario, Palacio de Correos y Telégrafos, a efectos de realizar las siguientes aclaraciones:


1.- PLIEGO DE CLAUSULAS ESPECIALES


ACLARACION Nº 1:


Artículo 10 CAPACIDAD DE CONTRATACION.


Donde dice:


"En el supuesto de presentarse a la licitación una UTE, se sumarán las respectivas capacidades de contratación de sus integrantes, proporcionalmente a su porcentaje de participación. Sin embargo, para que una UTE califique, la integrante con mayor participación en la misma debe rá cumplir con al menos el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las pautas mínimas expresadas para un oferente individual, mientras que las demás integrantes deberán cumplir con al menos el QUINCE POR CIENTO (15%) de dichas pautas. No cumplir con estos requisitos será motivo suficiente para el rechazo de la oferta del consorcio.


Se reemplaza por:


"En caso de UTE, al menos una de sus integrantes deberá poseer la totalidad de la capacidad de contratación requerida".


ACLARACION Nº 2


ARTICULO 11 CAPACIDAD TECNICA


Se reemplaza en su totalidad el artículo 11 por el siguiente:


ARTICULO 11 CAPACIDAD TECNICA


I) Se definen los siguientes conceptos que serán utilizados en el presente Artículo y en el Artículo 17 del presente Pliego a efectos de evaluar los antecedentes técnicos:


Volumen Total de Obra: Es la superficie total final de la obra que se presenta como antecedente.


Volumen Total de Obra Licitada: Es la superficie total de la obra objeto de esta licitación: Noventa y dos mil ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y seis centímetros cuadrados (92.864,46 m2).


Volumen asimilable: Para las Obras Nuevas, se refiere a aquellas obras de arquitectura que cumplen con la siguiente condición: Volumen Total de la Obra ≥0,30 x Volumen Total de la Obra Licitada: Veintisiete mil ochocientos sesenta metros cuadrados (27.860 m2). Las obras podrán estar ubicadas en la República Argentina o en el extranjero.


Naturaleza asimilable: Se refiere a las Obras de Naturaleza esencialmente de Conservación, Restauración y Refacción Edilicia que posean valor Historiaoacute;rico y/o cultural y/o patrimonial ejecutadas en la República Argentina o en el extranjero. El valor Historiaórico y/o cultural y/o patrimonial podrá ser acreditado mediante la indicación de normativa nacional, provincial o municipal que así lo declare y/o por otros medios que demuestren que resulta un hito de referencia cultural a nivel social.


Se establecen los siguientes tópicos:


Fachadas y cubiertas.


Refuerzos estructurales.


Restauración de partes del Edificio Monumento Historiaoacute;rico


Refacciones interiores.


Reciclaje de edificios existentes.


Readecuaciones de edificios existentes


Reparaciones especiales


Estructuras metálicas y de hormigón armado.


Instalaciones y equipos especiales.


II Los proponentes deberán presentar la información que se requiere a continuación:


II.I Nómina y descripción de obras con al menos recepción provisoria, debiendo ser el oferente su ejecutor o contratista principal. Deberá incluir el itemizado, descripción e información gráfica que sintetice las principales características de la obra, superficie cubierta y complejidades (ver tópicos enumerados en el punto precedente y artículo 17 B.- Antecedentes técnicos apartado 2. Asimismo se deberá consignar el nombre, dirección y teléfono del comitente, fechas de inicio y en su caso recepción provisoria o definitiva de las obras y se adjuntarán copias de actas de recepción definitiva o provisoria y/o informes del comitente que avalen el listado de obras enunciado.


Tal nómina deberá contener como mínimo:


a.- UNA (1) obra con naturaleza asimilable (Naturaleza esencialmente de Conservación, Restauración y Refacción Edilicia que posean valor Historiaoacute;rico y/o cultural y/o patrimonial).


b.- UNA (1) obra nueva de arquitectura que posea un volumen total de obra igual o mayor al volumen asimilable (27.860 m2).


En caso de UTE: los antecedentes podrán corresponder a cualquiera de sus integrantes, no resultando exigible que ambos supuestos —a y b— hubiesen sido ejecutados por el mismo integrante.


Asimismo, cada integrante de la UTE podrá acreditar haber ejecutado las obras por sí o a través de sus sociedades accionistas, controlantes, controladas y/o absorbidas.


II.II Nómina de subcontratistas: En caso de nominarse subcontratistas especializados en obras de naturaleza asimilable a la obra licitada, se deberá presentar de cada uno información y documentación que acredite sus antecedentes y experiencia técnica en el rubro propuesto.


La Comisión Evaluadora podrá solicitar información complementaria y ampliatoria. El Comitente se reserva el derecho a rechazar total o parcialmente a los subcontratistas nominados, en cuyo caso el Oferente deberá presentar una nueva nómina previo a la emisión del dictamen de evaluación o desistir de la nominación.


II.III Antecedentes del representante técnico: se deberán acreditar los requisitos establecidos en el Art. 50 del presente pliego. La Comisión Evaluadora podrá solicitar información complementaria y ampliatoria.


II.IV Detalle del personal especializado o clave afectado a la obra con su respectivo currículum. Dicho personal deberá cumplir como mínimo los requisitos establecidos en los Arts. 50, 51 y 52 del presente pliego. La Comisión Evaluadora podrá solicitar información complementaria y ampliatoria.


ACLARACION Nº 3


Artículo 12 CAPACIDAD CIVIL Y ECONOMICO-FINANCIERA DEL OFERENTE


Se suprimen los siguientes párrafos:


"Se considerará que los Oferentes acreditan capacidad económico-financiera suficiente si cumpliendo en forma excluyente con el índice de liquidez corriente, el resultado del análisis de los índices promedio de los dos últimos ejercicios arroja valores admisibles en por lo menos ocho (8) de los restantes".


"En caso de Unión Transitoria de Empresas, para determinar el cumplimiento del consorcio oferente con las pautas mínimas de calificación establecidas las cifras correspondientes a cada socio se adicionarán proporcionalmente a su porcentaje de participación".


ACLARACION Nº 4


Artículo 16 DE LAS OFERTAS.


Se reemplaza el inciso k por el siguiente:


"k. Nómina y descripción de las obras detalladas en el Artículo 11 II.I conforme apartados a y b del presente pliego."


Se suprime el inciso 1.


Se reemplaza el apartado 16.1.7. por el siguiente:


"7. Detalle del personal afectado a la obra con su respectivo currículum (artículo 11 II.IV del Pliego de Cláusulas Especiales).’’


Se reemplaza el apartado 16.1.8 por el siguiente:


"8. Nómina de subcontratistas: Cuando el oferente nomine subcontratistas especializados que acrediten experiencia en obras de naturaleza asimilable a la obra licitada, deberá presentar la información y/o documentación que acredite sus antecedentes y experiencia técnica en el rubro propuesto. Asimismo, deberá presentar una carta compromiso irrevocable, salvo autorización expresa del comitente, de realizar la obra con el subcontratista propuesto.


El Comitente se reserva el derecho a rechazar total o parcialmente a través de la Comisión Evaluadora, los subcontratistas nominados.


En caso de resultar adjudicatario el oferente, previo a la firma del contrato de obra pública se deberán acreditar la totalidad de los requisitos legales, económico-financieros y técnicos exigidos al oferente en la documentación licitatoria, que resulten aplicables al subcontratista en cuestión.


El incumplimiento de esta obligación determinará la revocación de la adjudicación, con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.’’


Se elimina el apartado 16.2


ACLARACION Nº 5


Artículo 17 CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS


Se reemplaza en su totalidad el artículo 17 por el siguiente:


"Artículo 17 CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS.


A los efectos de la evaluación de las ofertas se evaluarán individualmente los Antecedentes Empresarios, Técnicos, Económico-Financieros y la Propuesta Técnica de acuerdo al método de valoración que a continuación se detalla:


Cada uno de los ítems, según la documentación requerida en los artículos respectivos del presente pliego, otorgará al oferente el siguiente puntaje máximo.


A.- Antecedentes Empresarios: Máximo 15 puntos


B.- Antecedentes Técnicos: Máximo 15 puntos


C.- Antecedentes Económico-Financieros: Máximo 15 puntos


D.- Propuesta Técnica: Máximo 55 puntos


En caso de UTE para determinar el cumplimiento de las pautas mínimas de calificación establecidas en este pliego, se sumarán los antecedentes correspondientes a cada uno de sus integrantes sin ponderar su porcentaje de participación en la misma, salvo en aquellos supuestos en los que expresamente así se disponga.


A.- Antecedentes Empresarios


Los antecedentes empresarios se evaluarán sobre la base del Certificado de capacidad anual de contratación disponible en la sección arquitectura, emitido por el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas (RNCOP).


Puntaje máximo: 15 puntos


Puntaje mínimo: 6 puntos


Corresponderá puntaje mínimo (6 puntos) al oferente que cumpla con los requisitos previstos en el Artículo 10 —Capacidad de Contratación— del Pliego de Cláusulas Especiales.


Corresponderá puntaje máximo (15 puntos) si posee 1,3 veces o más la capacidad exigida.


Los valores de puntajes intermedios, se calcularán siguiendo una ley lineal entre los extremos arriba mencionados.


En caso de UTE: al menos una de sus integrantes deberá reunir la capacidad mínima requerida y la capacidad máxima será la que resulte de la sumatoria de las correspondientes capacidades de sus integrantes.


B.- Antecedentes Técnicos


El puntaje de antecedentes técnicos se calificará sobre la base de la información proporcionada por los oferentes en cumplimiento de lo solicitado por el presente pliego y de aquella información complementaria o ampliatoria que la Comisión Evaluadora solicite al oferente.


Se tendrán en cuenta los siguientes calificadores, los que se sumarán:


1.- Antigüedad y continuidad de la firma en su actividad.


Puntaje máximo: 20 puntos


Puntaje mínimo: 5 puntos


Corresponderá puntaje máximo (20 puntos) cuando la oferente acredite una antigüedad de QUINCE (15) años o más con continuidad en el mercado.


Corresponderá puntaje mínimo (5 puntos) cuando la oferente acredite CINCO (5) años o menos de antigüedad en el mercado.


Los valores de puntajes intermedios, se calcularán siguiendo una ley lineal entre los extremos arriba mencionados.


En caso de UTE: al menos uno de sus integrantes deberá cumplir con este requisito. No se sumará la antigüedad de cada uno de sus integrantes.


2.- Obras de Conservación, Restauración y Refacción Edilicia que posean valor Historiaoacute;rico y/o cultural y/o patrimonial.


Puntaje máximo: 40 puntos


Puntaje mínimo: 25 puntos


Corresponderá puntaje mínimo (25 puntos) cuando el oferente presente al menos una obra conforme a los requisitos exigidos en el Artículo 11 apartado II I a.- con complejidad baja.


Corresponderá puntaje máximo (40 puntos) cuando el oferente presente al menos una obra conforme a los requisitos exigidos en el Artículo 11 apartado II I a.- con complejidad alta.


Se entiende por complejidad alta: aquellas obras que contengan la totalidad de los tópicos enunciados en el Artículo 11.I.


Se entiende por complejidad baja: aquellas obras que contengan al menos el 50% de los tópicos enunciados en el Artículo 11.I.


En caso de UTE: los antecedentes podrán corresponder a cualquiera de sus integrantes y cada integrante de la UTE podrá acreditar haber ejecutado las obras por sí o a través de sus sociedades accionistas, controlantes, controladas y/o absorbidas.


3.- Obras Nuevas de Arquitectura.


Puntaje Máximo: 40 puntos


Puntaje Mínimo: 25 puntos


Corresponderá puntaje máximo (40 puntos) a aquellas ofertas que (i) presenten al menos UNA (1) obra nueva de arquitectura que posea igual o mayor volumen asimilable a la obra licitada (27.860 m2) y (ii) la sumatoria del volumen del resto de las obras presentadas como antecedentes igualen o superen el volumen asimilable a la obra licitada (27.860 m2).


Corresponderá puntaje mínimo (25 puntos) a aquellas ofertas que (i) presenten al menos UNA (1) obra nueva de arquitectura que posea igual o mayor volumen asimilable a la obra licitada (27.860 m2) y (ii) la sumatoria del volumen de obra del resto de las obras presentadas como antecedentes, no alcance el volumen asimilable a la obra licitada (27.860 m2).


Las ofertas que no alcancen el puntaje mínimo serán desestimadas.


En caso de UTE: los antecedentes podrán corresponder a cualquiera de sus integrantes y cada integrante de la UTE podrá acreditar haber ejecutado las obras por sí o a través de sus sociedades accionistas, controlantes, controladas y/o absorbidas.


C.- Antecedentes Económico-Financieros


El puntaje de antecedentes económico-financieros se calificará sobre la base de la información proporcionada por los oferentes en cumplimiento de lo solicitado por el presente pliego y de aquella información complementaria o ampliatoria que la Comisión Evaluadora solicite al oferente.


Se tendrán en cuenta los siguientes calificadores:


1.- Indices económico-financiero


El oferente deberá satisfacer los niveles mínimos en los indicadores que se detallan en el Anexo IV -INIDICADORES FINANCIEROS- PATRIMONIALES del Pliego de Cláusulas Especiales.


Puntaje máximo: 100 puntos


Puntaje mínimo: 65 puntos


Corresponderá puntaje máximo cuando los oferentes acrediten en la totalidad de los valores considerados admisibles en el Anexo IV de este Pliego.


Corresponderá puntaje mínimo cuando en forma excluyente se alcance (i) la exigencia establecida en el Anexo IV del presente pliego para el índice de liquidez corriente y (ii) las exigencias de por lo menos ocho (8) de los restantes índices.


En caso de UTE, para determinar el cumplimiento del consorcio oferente con las pautas mínimas de calificación establecidas, lo índices correspondientes a cada integrante (por sí, o a través de sus sociedades controladas, controlantes, absorbidas o absorbentes) se sumarán ponderando su porcentaje de participación en la UTE.


D.- Propuesta Técnica


El puntaje de antecedentes técnicos se calificará sobre la base de la información proporcionada por los oferentes en cumplimiento de lo solicitado por el presente pliego y de aquella información complementaria o ampliatoria que la Comisión Evaluadora solicite al oferente.


Se tendrán en cuenta los siguientes indicadores los que se sumarán:


1.- Metodología y Procedimientos Operativos:


Se evaluará la consistencia y sustentabilidad de los procesos productivos, sistemas y/o mecanismos contenidos en la memoria para dar cumplimiento efectivo a los requisitos exigidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas conforme las siguientes pautas:


a.- La Programación que asegure secuencias convenientes en los procesos de tareas y plazos.


Cumple Satisfactoriamente: 10 puntos


Cumple: 5 puntos


No cumple: 0 puntos


b.- Los Medios puestos en juego para cumplir con las especificaciones técnicas del pliego.


Cumple Satisfactoriamente: 5 puntos


Cumple: 2 puntos


No cumple: 0 puntos


c.- La Planificación de control de calidad


Cumple satisfactoriamente: 5 puntos


Cumple: 2 puntos


No cumple: 0 puntos


De la sumatoria de a, b y c resultará:


Puntaje máximo: 20 puntos


Puntaje mínimo: 9 puntos


Los valores de puntajes intermedios, se calcularán siguiendo una ley lineal entre los extremos arriba mencionados


2.- Métodos operativos, sistema de gestión, logística y utilización de recursos y andamios (estructuras auxiliares) para la ejecución de las obras:


Se considerará la experiencia en la realización de las instalaciones similares y se evaluará la presentación del diagrama, proceso constructivo y cálculo estructural, así como el conjunto de medios y métodos necesarios para llevar a cabo el Plan de Trabajos propuesto.


Cumple satisfactoriamente: 20 puntos


Cumple: 6 puntos


No cumple: 0 puntos


3.- Nómina del personal profesional, técnico y artesano:


Se hará una evaluación del detalle del personal profesional, técnico y artesanos propuestos, en cantidad y calidad, atendiendo a las características de la obra licitada y los requerimientos efectuados en los Artículos 50, 51 y 52 del presente pliego.


Puntaje máximo: 10 puntos


Puntaje mínimo: 4 puntos


Se le asignará el máximo puntaje a aquella oferta que contemple la mayor cantidad y calidad de profesionales, en función de su plan de trabajos.


Se le asignará el puntaje mínimo a aquella oferta que contemple la menor cantidad y calidad de profesionales, en función de su plan de trabajos.


La calidad de los profesionales ofrecidos, se calificará considerando la cantidad de obras de naturaleza y volumen asimilables a la obra licitada en las que haya participado, y su capacitación técnica, profesional y académica.


Los valores de puntajes intermedios, se calcularán siguiendo una ley lineal entre los extremos arriba mencionados.


4.- Representante técnico:


Se evaluarán los requisitos establecidos en el art. 50 del presente pliego.


Cumple muy satisfactoriamente: 5 puntos


Cumple: 2 puntos


Sin antecedentes: 0 punto


Se asignará el puntaje máximo cuando los antecedentes y experiencia evaluados se hubiesen desarrollado en obras de naturaleza y volumen asimilable a la obra licitada.


Se asignará el puntaje mínimo cuando los antecedentes y experiencia evaluados no se hubiesen desarrollado en obras de naturaleza y volumen asimilable a la obra licitada.


En el caso de no presentar antecedentes el puntaje será 0 punto.


5.- Equipo, herramientas y equipamiento:


Se evaluará la memoria descriptiva de la cantidad y calidad de los equipos, herramientas y equipamientos que sean propiedad del oferente y de los que proponga para ejecutar la obra:


Cumple satisfactoriamente: 15 puntos


Cumple: 7 puntos


No cumple: Será causal de desestimación de la oferta.


6.- Plan de Trabajos:


Se evaluará la concordancia, consistencia y sustentabilidad del Plan de Trabajos con la metodología propuesta así como la organización, coherencia, consistencia y razonabilidad que se desprenda del mismo.


Cumple satisfactoriamente: 30 puntos


Cumple: 11 puntos


No cumple: será causal de desestimación de la oferta.


La evaluación de este indicador será fundamentada por la Comisión Evaluadora quien desarrollará en su informe los motivos de su puntuación.


CALIFICACION FINAL DE LA OFERTA


Con los puntajes obtenidos en A, B, C y D, se conformará la evaluación de la oferta sobre un máximo de CIEN (100) puntos, siendo necesaria la obtención de SETENTA Y CINCO (75) puntos para calificar, resultando descalificadas las ofertas que no alcancen el puntaje mínimo.


ACLARACION Nº 6:


A fin de armonizar lo dispuesto por el Artículo 9 del Pliego de Cláusulas Especiales y las sucesivas prórrogas dispuestas a la fecha de presentación de ofertas como asimismo a las Circulares con y sin consulta emitidas, los interesados podrán formular consultas hasta CINCO (5) días hábiles administrativos previos a la fecha de apertura de las ofertas. Si la consulta es pertinente y contribuye a una mejor interpretación del pliego, se emitirá circular aclaratoria hasta DOS (2) días hábiles administrativos previos a la apertura de las ofertas y será notificada al consultante y al resto de los interesados por alguno de los modos de notificación previstos en el Pliego. Igual procedimiento se observará en caso que se estime pertinente formular aclaraciones de oficio.


ACLARACION Nº 7:


La presente Circular Aclaratoria será publicada en el Boletín Oficial y notificada a los interesados por alguno de los modos de notificación previstos en el Pliego.


ACLARACION Nº 8:


El texto ordenado de los Pliegos de Cláusulas Especiales y de Especificaciones Técnicas serápublicado en la página:


www.minplan.gov.ar/subsecretariadeobraspublicas/licitaciones


ACLARACION Nº 9:


En virtud de las presentes aclaraciones, quedan sin efecto:


De la Circular sin consulta Nº 1: la aclaración Nº 1.


De la Circular con consulta Nº 1: las respuestas Nº 1, 2, 6.


De la Circular con consulta Nº 2: la respuesta Nº 1.


De la Circular con consulta Nº 8, la respuesta Nº 1.


De la Circular sin consulta Nº 2, la aclaración Nº 8.


Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.


e. 10/03/2008 Nº 573.206 v. 10/03/2008

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