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Dirección General de Aduanas ADUANAS Resolución 30/2003 Habilitación de un Resguardo Jurisdiccional en la localidad de OLAVARRIA, Provincia de Buenos Aires




Dirección General de Aduanas
ADUANAS
Resolución 30/2003
Habilitación de un Resguardo Jurisdiccional en la localidad de OLAVARRIA, Provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 24/10/2003
VISTO, que por actuaciones registradas como ADGA Nº 2001 - 406394 se tramita la instalación instalación y habilitación de un Resguardo Jurisdiccional en la ciudad de OLAVARRIA, provincia de BUENOS AIRES, dependiente de la División Aduana de NECOCHEA en jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, y
CONSIDERANDO:
Que la instalación del Resguardo Jurisdiccional en trato responde a la gestión impulsada por el Intendente Municipal de OLAVARRIA, en una iniciativa que recoge la inquietud del sector empresarial asentados en la zona y otros de regiones aledañas, con el objeto de favorecer y promover las diversas actividades productivas de la región.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ha decidido acompañar la gestión en trato, dada la representatividad de las empresas exportadoras radicadas en la zona de influencia, en el entendimiento que ello favorecerá el potencial desarrollo de la misma.
Que se entiende procedente resolver en una primera etapa una habilitación por un lapso estimado de SEIS (6) meses, prorrogable por igual período a los efectos de evaluar y merituar el volumen de operaciones que deban ser controladas en el mismo.
Que de resultar satisfactoria la evaluación prevista en el considerando anterior, se habilitaría el Resguardo Jurisdiccional en forma definitiva, previo constatarse a través de la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, que se cumpla con las condiciones de infraestructura para la prestación del servicio aduanero.
Que el área operativa en trato, a la fecha ha venido operando con habilitaciones transitorias desarrollando su funcionamiento en un predio independiente con acceso directo, actualmente ocupado por la empresa CANTERAS CERRO NEGRO S.A., contando con un área aproximada de SETENTA (70) mts. por SETENTA (70) mts., con acceso desde la Ruta Nacional Nº 226 y la Avenida de Circunvalación de la localidad de NECOCHEA, y hasta la terminación de las obras civiles definitivas destinadas a la Zona Primaria Aduanera y al Resguardo Jurisdiccional, de las que se dio comienzo a la ejecución del relleno y nivelación del predio destinado por el Municipio a tal fin.
Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana de NECOCHEA, la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, las Subdirecciones Generales de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Que la presente se dicta en ejercicio de la facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997 y la Disposición Nº 355 AFIP del 31 de Julio de 2002.
Por ello;
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE LEGAL Y TECNICA ADUANERA A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Habilitar por el lapso de SEIS (6) meses a partir del día de la fecha, prorrogable por igual período, el Resguardo Jurisdiccional en la localidad de OLAVARRIA, provincia de BUENOS AIRES, dependiente de la División Aduana de NECOCHEA, jurisdicción de la Dirección Regional Aduanera LA PLATA, cuya ubicación y demás circunstancias se indican en los considerandos de la presente, el que será atendido en su funcionamiento por personal aduanero en comisión de servicio.
Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera LA PLATA y la División Aduana NECOCHEA. — Mariano H. Duhalde.
(Nota Infoleg: Por art. 1º de la Resolución Nº 28/2008 de la Dirección General de Aduanas B.O. 20/05/2008 se prorroga la habilitación provisoria otorgada mediante la presente Resolución, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance. Prórrogas anteriores: Resolución Nº 23/2007 de la Dirección General de Aduanas B.O. 30/04/2007; Resolución N° 33/2006 de la Dirección General de Aduanas B.O. 9/5/2006; Resolución N° 11/2005 de la Dirección General de Aduanas B.O. 16/6/2005, Resolución N° 25/2004 de la Dirección Nacional de Aduanas B.O. 1/11/2004 y Resolución N° 7/2004 de la Dirección Nacional de Aduanas B.O. 29/4/2004)

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