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Decreto 950/97 del 18/09/97





EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 950/97

Exímese del pago del derecho de importación y
de más tributos a los productos originarios y procedentes
de los países participantes en el evento "Hospitalaria
97, 3ª Feria Internacional de Productos, Equipos y Servicios
para el Sector de la Salud".


Bs. As., 18/9/97

B.O: 23/9/97

VISTO el Expediente Nº 061 -000789/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma MERCOFERIAS S.R.L. solicita la exención del
pago del derecho de importación y demás tributos
que gravan la importación para consumo de los alimentos,
folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas
de propaganda y elementos de construcción y decoración
de stands, originarios y procedentes de los países participantes
en el evento "HOSPITALARIA "97, 3ª FERIA INTERNACIONAL
DE PRODUCTOS. EQUIPOS Y SERVICIOS PARA EL SECTOR DE LA SALUD",
a realizarse en el predio Centro Costa Salguero de la Ciudad de
BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 9 al 12 de octubre de
1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el
intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro
país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,
opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas
al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso
5º inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su
similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º
de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de
los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho
de importación, del impuesto al valor agregado, de los
impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística
y comprobación de destino, que gravan la importación
para consumo de los alimentos, folletos, material publicitario,
afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción
y decoración de stands, originarios y procedentes de los
países participantes en el evento "HOSPITALARIA "97,
3ª FERIA INTERNACIONAL DE PRODUCTOS, EQUIPOS Y SERVICIOS
PARA EL SECTOR DE LA SALUD", a realizarse en el predio Centro
Costa Salguero de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA)
del 9 al 12 de octubre de 1997, para su exhibición y/u
obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo
de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país
participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

Administracionius UNLP

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