Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Decreto 142/98 del 30/1/98






PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA



Decreto 142/98



Créanse los Foros Académicos, Financiero, de
la Producción y Empresario, en el ámbito de la Secretaría
de la Pequeña y Mediana Empresa. Objetivos.



Bs. As., 30/1/98



B.O.: 4/2/98



VISTO la Ley 24.467, los Decretos N° 660 del 24 de junio
de 1996, sus modificatorios, N° 943 del 15 de setiembre de
1997 y la Decisión Administrativa N° 83 de1 7 de junio
de 1996, y



CONSIDERANDO:



Que los temas vinculados a la Pequeña y Mediana Empresa
resultan prioritarios en la agenda del Gobierno Nacional.



Que para ello es conveniente contar con el adecuado apoyo Institucional
que permita canalizar las dificultades que atraviesan los distintos
sectores de la pequeña y mediana empresa nacional.



Que es fundamental contribuir a la consolidación y participación
de la pequeña y mediana empresa como factor de desarrollo
económico de nuestro país.



Que por Decreto N° 943/97 se modifica la estructura creada
por el Decreto N° 660/ 96, Incorporándose al ámbito
de la Presidencia de la Nación la Secretaría de
la Pequeña y Mediana Empresa.



Que el Decreto mencionado transfirió al ámbito de
la Secretaría de la Pequeña y mediana Empresa el
Consejo Asesor de las Pequeñas y Medianas Empresas creado
por Decisión Administrativa N° 83/96.



Que es necesario contar con la participación orgánica
de diversas áreas de especialidad que aporten sus conocimientos
científicos, técnicos y su experiencia en un espacio
de debate común que coadyuve a la elaboración de
propuestas activas para el sector.



Que para optimizar los objetivos propuestos se considera oportuna
la creación, en el seno de la Secretaría antes mencionada,
de CUATRO (4) FOROS que esteran conformados por representantes
de los ámbitos académico, financiero, de la producción
y empresario.



Que para ello resulta necesario convocar a distinguidas personalidades
de la ciencia de reconocido prestigio y probidad, miembros destacados
de Academias Nacionales, Consejos o Colegios Profesionales, representantes
del ámbito de la cultura y de las Organizaciones No Gubernamentales
con competencia en la materia, miembros de las Cámaras
y Asociaciones del empresariado en su conjunto, representantes
de los Gobiernos Provinciales y del sector financiero.



Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo N° 99 inciso 1° de la Constitución
Nacional.



Por ello,



EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:



Artículo 1°.-Créase en el ámbito
de la Secretaría DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
de la PRESIDENCIA DE LA NACION el FORO ACADEMICO, el FORO FINANCIERO,
el FORO DE LA PRODUCCION y el FORO EMPRESARIO. Los mismos tendrán
por objeto el análisis de los aspectos económicos,
sociales y políticos inherentes al sector, con el propósito
de brindar el asesoramiento que la Secretaría requiera
para la formulación de las líneas estratégicas
y prioridades de acción.



Art. 2°-La presidencia de los FOROS será ejercida
por la máxima autoridad de la Secretaría DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA, quien establecerá oportunamente la modalidad
de la convocatoria, el funcionamiento y la designación
de sus miembros, quienes desempeñaran sus funciones con
carácter ad honorem.



Art. 3°-Los foros mencionados en el artículo
primero esteran conformados por representantes de los sectores
académico, financiero, productivo y empresario respectivamente,
quienes serán invitados para integrar los mismos por su
Presidente.



Art. 4°.-Facúltase a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA de la PRESIDENCIA DE LA NACION para la creación
de nuevos foros así como para la reorganización
de los que por el presente se han creado.



Art. 5°-Suprímase el CONSEJO ASESOR DE LAS
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS creado por la Decisión
Administrativa N° 83 del 7 de junio de 1996 que fuera transferido
al ámbito de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA de la PRESIDENCIA DE LA NACION mediante el Decreto N°
943 del 15 de setiembre de 1997.



Art. 6°.-Comuníquese, publíquese, dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Carlos V. Corach.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Decreto 142/98 del 30/1/98