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Decreto 1374/96 del 29/11/96




COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES



Decreto 1374/96



Déjese sin efecto la transferencia de la citada Comisión
de la órbita de la Presidencia de la Nación a la
Secretaría de desarrollo Social dispuesta por el Decreto
N° 660/96.



Bs. As., 29/11/96



B.O.: 04/12/96



VISTO el Decreto N° 660 del 24 de Junio de 1996 y modificatorios
y.


CONSIDERANDO:


Que el artículo 2° de dicha norma dispuso la transferencia
de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa
ARRAIGO" del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION
a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.



Que si bien el mencionado desplazamiento resulta acorde con la
misión y funciones de la citada Comisión, el estado
de avance de los programas en ejecución hace aconsejable
su retorno al ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.


Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1° de la Constitución
Nacional.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA


DECRETA:


Artículo 1°-Déjase sin efecto, a partir
de la fecha del presente, la transferencia de la COMISION DE TIERRAS
FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" de la órbita
de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACION dispuesta por el artículo
2° del Decreto N° 660 del 24 de Junio de 1996.


Art. 2°-La COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES
- "Programa ARRAIGO" mantendrá sus competencias,
cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes,
dependiendo de la Jurisdicción 2001- PRESIDENCIA DE LA
NACION, Servicio Administrativo 301 - Secretaría General.



Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.

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