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Ciraolo, Jorge Ramón Daniel s/estafa en forma reiterada encubrimieno y hurto


Si la autoridad para llevar a cabo la requista o la detención, conforme a la ley, es el juez y sólo en casos excepcionales y de urgencia las normas permiten delegarlo en la policía, la única forma de que luego el juez pueda supervisar la legitimidad de la actuación policial, es que estos funcionarios funden circunstanciadamente las razones del procedimiento (Disidencia de los Dres. Ricardo Luis Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y E. Raúl Zaffaroni).

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