Estoy en: Foro > Material Jurídico > Derecho Comercial

ayuda con un tema de titulos de credito. Urgente!


Hola,

estoy estudiando titulos de credito y tengo un instituto que no se que es, y no lo encuentro por ningun lado...

tengo el libro de escuti pero no lo encuentro por ningun lado

el instituto es la PROVISION,

¿ QUE ES Y PARA QUE SIRVE? ¿QUE PERSONAS SE RELACIONAN Y COMO LO HACEN?

por favor ayudaaa no lo encuentro por ningun lado


gracias

freess Sin Definir Universidad

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 14/05/10
Es la relación pura de credito que existe entre el Librador de una Letra de Cambio y el Girado, opera como garantia extracambiaria del titulo.

Sin Definir Universidad
nikel_0901 Premium II Creado: 17/05/10
GARANTIAS EXTRACAMBIARIAS: no están comprendidas en las disposiciones de la ley cambiaria, sin embargo, se acude a ellas para garantizar el cumplimiento de cualquier obligación cambiaria. Las garantías extracambiarias pueden ser de carácter personal o real. Por la personal una persona es la que se obliga a pagar la obligación de su garantizado en caso de incumplimiento de éste. Por ejemplo, la fianza, el aval, la solidaridad pasiva; por la real, se asegura una obligación afectando un bien determinado. Por ejemplo, la prenda, la hipoteca, anticresis, derecho de retención. Pero el contrato por el cual se constituye tiene la calidad de accesorio, respecto a la obligación garantizada.
Espero que sea lo que buscas.

Sin Definir Universidad
pariles Ingresante Creado: 19/05/10
Vamos a aclara algunas cosas:
1- En el derecho cartular o comercial se da un tipo de relación, a la que se llama relación comercial, esta es la que importa para el derecho comercial. Esta se genera con los títulos de crédito.
2- Además de la relación anterior se da otra relación, que según alguna teoría es la que le da causa al titulo de crédito, por ejemplo una compra venta. Esta relación es denominada relación subyacente, es decir no pertenece al derecho cartular.
3- Relación de provisión es la relación que existe entre el librador del titulo de crédito (letra de cambio) y el girado(es quien debe pagar ese titulo otorgado por el librador). Esta relación no tiene influencia en el derecho cartular, ya sea que el girado la acepte o no la acepte. El girado no esta obligado por el derecho cartular.

cuaquier cosa volve a escribir!!!! suertee

UNLP
nachoguerrawin Ingresante Creado: 21/05/10
asi rapido, la relacion de provision es el contrato por el cual el girado le cubre las letras al librador. la misma que tiene el dueño de una chequera con el banco, osea.. el banco no te paga el cheque porque si sino porque tiene un contrato con vos por el cual cuando vos le das esas ordenes de pago el tiene tus fondos y paga con ellos.
despues hay muchas variantes dentro de los contratos bancarios pero es eso

Sin Definir Universidad
freess Cursando Ingreso Creado: 21/05/10
Empezado por nachoguerrawin

"asi rapido, la relacion de provision es el contrato por el cual el girado le cubre las letras al librador. la misma que tiene el dueño de una chequera con el banco, osea.. el banco no te paga el cheque porque si sino porque tiene un contrato con vos por el cual cuando vos le das esas ordenes de pago el tiene tus fondos y paga con ellos.
despues hay muchas variantes dentro de los contratos bancarios pero es eso
"

+Ver post citado
Gracias Viejo! me re sirvio, me lo dejaste claro!

UBA
Juanignacio05 Ingresante Creado: 04/07/10
En el Pagare y Letra de Cambio, puede no haber causa (menos Contrato) de dicha relacion o mejor dicho es intracendente. En el caso del Checque como vien dijo el compañero si hay C. es el de la Cuenta Corriente con fondos o con acuerdo para girar en descubierto.

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a ayuda con un tema de titulos de credito. Urgente!