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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS




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Nota Externa Nº 2/2005

Liquidación y Pago de Cargos Contenciosos

Bs. As., 11/11/2005

Visto que por Disposición 084/2005 (DI ADBA) de fecha 31 de octubre de 2005 se han restituido a la Sección Liquidaciones las tareas y funciones relativas al registro de las liquidaciones en concepto de tributos y/o multas por sumarios contenciosos, las cuales se estaban efectuando en el ámbito de la Secretaría de Actuación Nº 6, seguidamente se instruyen los procedimientos a adoptar para la liquidación y pago de los citados conceptos:

1 - Efectuada la notificación de las liquidaciones de multas y tributos de los Sumarios Contenciosos por la Secretaría de Actuación Nº 6, el registro de la liquidación manual y la respectiva afectación se efectuará en la Sección Liquidaciones dependiente de la División Registro de Importación.

2 - Para el pago de los importes liquidados, el usuario deberá efectuar el depósito de los importes correspondientes en la Cuenta Unica de Recaudación a Afectar, según lo establecido en la Resolución General 1917 (AFIP). Dicho depósito deberá efectuarse en la dupla Importador / AFIP.

3 - Realizado el depósito, el interesado o apoderado deberá concurrir a la Sección Liquidaciones, en la cual mediante la presentación de Multinota habilitada para tal fin, solicitará el registro de la liquidación manual por tributos y Multas. La citada Sección se encuentra ubicada en Azopardo 350 PB y su horario de atención es de 9.30 a 13.00 y de 13.30 a 18.00 hs.

4 - En la presentación por Multinota el interesado deberá informar los datos del depósito efectuado incluyendo el número transaccional del pago, y autorizando expresamente la afectación por parte del Servicio Aduanero de los importes depositados en la subcuenta María.

5 - Concluido el registro de la liquidación y consecuente afectación de fondos, la Sección Liquidaciones emitirá el respectivo comprobante de pago de la liquidación manual, entregando una copia al interesado como constancia de pago.

Dicha copia deberá estar debidamente intervenida y firmada por el agente interviniente.

6 - Concluido el trámite, la actuación contenciosa será girada mediante el Sistema SIGEA para la prosecución del trámite respectivo.

Fdo. JULIO TARNAPOLSKY, Director Aduana de Bs. As.

Lic. JULIO A. TARNAPOLSKY, Director (Introducción.), Dirección Aduana de Buenos Aires.

e. 21/12 N° 500.791 v. 21/12/2005

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