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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS




ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 526/99-AFIP
Bs. As., 24/3/99
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6116.10.00 a la siguiente mercadería: Guante confeccionado en tejido de punto 100% fibras de algodón, impregnado con caucho nitrilo butadieno (no celular) en la cara externa hasta la altura del puño, de gramaje inferior a 1500 g/m2, conforme Criterio de Clasificación Nº 21/99 recaído en el expediente EAAA Nº 418.396/96.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8543.89.99 a la siguiente mercadería: Conversor con amplificador de bajo ruido incorporado (LNB - "Low Noise Block Down Converter") que opera con frecuencias de entrada comprendidas entre 2,5 y 2,686 GHz, entregando a la salida una señal modulada de frecuencia intermedia (F.I.) de 222 a 408 MHz, conforme Criterio de Clasificación Nº 22/99 recaído en el expediente EAAA Nº 411.018/97.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8469.12.10 a la siguiente mercadería: Máquina de escribir portátil, automática, electrónica, con velocidad de impresión de 13 caracteres por segundo, diccionario de 390.000 palabras y funciones accesorias de cálculo, conforme Criterio de Clasificación Nº 23/99 recaído en el expediente EAAA Nº 420.908/ 97.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8469.12.10 a la siguiente mercadería: Máquina de escribir portátil, automática, electrónica, con velocidad de impresión de 13 caracteres por segundo y funciones accesorias de cálculo, conforme Criterio de Clasificación Nº 24/99 recaído en el expediente EAAA Nº 420.909/97.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8451.50.20 a la siguiente mercadería: Máquina automática para el apilado de telas, con alimentador incorporado y dispositivos que permiten establecer largo del recorrido, cantidad de capas por color, alineación de telas y corte de las mismas al final de cada carrera de trabajo, conforme Criterio de Clasificación Nº 25/99 recaído en el expediente EAAA Nº 418.014/98.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 4901.99.00 a la siguiente mercadería: Impreso titulado "Guiarama - Las Palmas, Gran Canaria, lanzarote y Fuerteventura - Anaya Touring Club" de aproximadamente 134 hojas, conteniendo información turística de interés general, referida a los lugares más sobresalientes de las Islas Canarias, conforme Criterio de Clasificación Nº 26/99 recaído en la actuación ADGA Nº 418.847/98.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 3926.90.90 a la siguiente mercadería: Bolsas para nutrición enteral, de capacidad de 1.000 a 2.000 ml, incluso con compartimiento externo para lípidos o dispositivo adaptador para conexión a equipo de infusión, conforme Criterio de Clasificación Nº 27/ 99 recaído en la actuación ADGA Nº 419.411/98.
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 5911.20.10 a la siguiente mercadería: Tela para cerner, en pieza, constituida por monofilamentos de materia textil sintética, cuya área entre hilos es 0,54 por 0,54 mm, uniforme en todo el tejido y en la Posición Arancelaria NCM 5911.20.90 a la siguiente mercadería: Tela para cerner, cortada en longitud determinada o en forma cuadrada o rectangular, constituida por monofilamentos de materia textil sintética, cuya área entre hilos es de 0,54 por 0,54 mm, uniforme en todo el tejido, conforme Criterio de Clasificación Nº 28/99 recaído en la actuación ADGA Nº 422.737/98
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 5911.20.10 a la siguiente mercadería: Tela para cerner, en pieza, constituida por monofilamentos de materia textil sintética, cuya área entre hilos es de 0,06 por 0,06 mm, uniforme en todo el tejido y en la Posición Arancelaria NCM 5911.20.90 a la siguiente mercadería: Tela para cerner, cortada en longitud determinada o en forma cuadrada o rectangular, constituida por monofilamentos de materia textil sintética, cuya área entre hilos es de 0,06 por 0,06 mm, uniforme en todo el tejido, conforme Criterio de Clasificación Nº 29/99 recaído en la actuación ADGA Nº 422.438/98".
Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 4911.10.90 a la siguiente mercadería: Artículo de materia plástica, impreso con publicidad, de forma cilíndrica, de 60 cm. de largo por 10 cm. de diámetro, inflable mediante soplidos, el cual en el extremo superior posee u monofilamento que sirve de enganche para poder ser exhibido, conforme Criterio de Clasificación Nº 30/99 recaído en la actuación ADGA Nº 427.723/98
FE DE ERRATAS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 526/99-AFIP
En la edición del 7 de abril de 1999, donde se publicó en forma sintetizada la citada Resolución General, se deslizaron los siguientes errores:
En el 8º párrafo,
DONDE DICE: "...conforme Criterio de Clasificación Nº 28/99 recaído en la actuación ADGA Nº 422.737/98".
DEBE DECIR: "...conforme Criterio de Clasificación Nº 28/99 recaído en la actuación ADGA Nº 422.437/98".
En el 9º párrafo,
DONDE DICE: "...conforme Criterio de"
DEBE DECIR: "...conforme Criterio de Clasificación Nº 29/99 recaído en la actuación ADGA Nº 422.438/98".
En el 10º párrafo,
DONDE DICE: "...conforme Criterio de Clasificación Nº 30/99 recaído en el expediente ADGA Nº 427.723/98".
DEBE DECIR: "...conforme Criterio de Clasificación Nº 30/99 recaído en la actuación ADGA Nº 427.723/98".

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