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ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES




ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución 15.500/2005-APE

Modifícase la Resolución Nº 13.333/2005, referida a los programas de adherencia y seguimiento de pacientes con cobertura a través del Fondo Solidario de Retribución.

Bs. As., 16/12/2005

VISTO las Resoluciones Nº 3000/05 y Nº 13.333/ 05 de esta ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y,

CONSIDERANDO

Que la Resolución citada en segundo término en el VISTO procedió a la modificación de dos párrafos del módulo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 3000/05 - APE por el que se establecen los programas de adherencia y seguimiento de los pacientes con cobertura a través del Fondo Solidario de Redistribución.

Que por un error involuntario de conteo, la Resolución ha modificado párrafos que no fueron intención alterar por esta Administración.

Que corresponde modificar los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 13.333/05 - APE para adecuarlos a su redacción correcta.

Por ello, en uso de las atribuciones fijadas por los Decretos Nº 53/98 y 167/02,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE

Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 13.333/05 – APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1º — Modifícase el séptimo párrafo del módulo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 3000/05 – APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "Dentro de este módulo, que se rendirá en forma semestral, en expediente separado y hasta diez (10) pacientes, se adjuntará la planilla de adherencia, debidamente confeccionada por el profesional tratante, correspondiente al semestre, presentando, asimismo, la petición de carga viral y CD4. El plazo de presentación se regirá por lo establecido en el artículo 3º de la Resolución Nº 155/02 – APE, modificado por la Resolución Nº 1118/02 – APE.

Art. 2º — Modifícase el artículo 2º de la Resolución Nº 13.333/05 – APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2º — Modifícase el párrafo octavo del módulo 6 del Anexo I de la Resolución Nº 3000/05 – APE el que quedará redactado de la siguiente manera: "Incluye: CV ($ 240,00), CD4 ($ 50,00) y la confección de UNA (1) planilla de adherencia por semestre ($ 20 c/u) o sea, dos por año. No se reconocerán otras prácticas o consultas".

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Eugenio D. Zanarini.

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