Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Voces: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES




MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Suprímese el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 19.987.

LEY Nº 21.624

Buenos Aires, 19 de agosto de 1977

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTIN SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Suprímese el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley 19.987.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.






VIDELA.


Albano E. Harguindeguy.








Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Voces: MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES