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Venta de cuotas partes SRL


Venta de cuotas partes SRL
Los socios viejos le venden la totalidad de las cuotas partes a los socios nuevos.La sociedad es dueña de un inmueble en el que se va a construir un edificio. La cesion de las cuotas partes se hace parte en efecti vo y la otra con una promesa de entrega de metros cuadrados en el terreno de la sociedad,quedando con una hipoteca como garantía sobre el terreno a favor de los socios viejos,es posible?

leonsio Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
mati_mitre Premium I Creado: 14/07/11
Si mal no recuerdo, si... es posible.

UNLP
mati_mitre Premium I Creado: 14/07/11
La solucion la vas a encontrar seguramente en la Ley de Sociedades Comentada de Horacio Roitman. En el articulo comentado de tranferencias de cuotas de srl estaba todo muy bien explicado.

Sin Definir Universidad
eribotta Premium II Creado: 14/07/11
En primer término debemos distinguir la compra venta de las cuotas por un lado, cesión esta que debe ser inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas. Para ser mas claro, las cuotas se adquieren por ejemplo 50 % cada persona (en caso de 2). Estos deben pagar con sus propios bienes, sea efectivo o bienes propios de cada uno. No pueden pagar con bienes de terceros sus propias deudas. El tercero sería la sociedad.
Lo que se puede hacer es garantizar la deuda que tienen ellos con los bienes de la sociedad, o sea la sociedad garantiza la deuda de los cesionarios mediante aprobación correspondiente por asamblea de socios.
En el caso tienes la intención de abonar con un lote de terreno, que pertenencen a la sociedad.
En mi opinion porque no constituyes un Fideicomiso, donde la sociedad Fiduciante entrega en Fideicomiso el inmueble a un Fiduciario (un tercero ajeno al negocio), designas beneficiario a los socios antiguos y nuevos en las participaciones que se decidan, y como fideicomisarios a los socios nuevos y viejos de acuerdo al proyecto de distribucion, xx cantidad de departamentos o lotes para cada uno.
Nose si te es util mi opinion, pero esta interesante el caso que planteas.
Saludos

Sin Definir Universidad
leonsio Ingresante Creado: 14/07/11
Empezado por eribotta

"En primer término debemos distinguir la compra venta de las cuotas por un lado, cesión esta que debe ser inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas. Para ser mas claro, las cuotas se adquieren por ejemplo 50 % cada persona (en caso de 2). Estos deben pagar con sus propios bienes, sea efectivo o bienes propios de cada uno. No pueden pagar con bienes de terceros sus propias deudas. El tercero sería la sociedad.
Lo que se puede hacer es garantizar la deuda que tienen ellos con los bienes de la sociedad, o sea la sociedad garantiza la deuda de los cesionarios mediante aprobación correspondiente por asamblea de socios.
En el caso tienes la intención de abonar con un lote de terreno, que pertenencen a la sociedad.
En mi opinion porque no constituyes un Fideicomiso, donde la sociedad Fiduciante entrega en Fideicomiso el inmueble a un Fiduciario (un tercero ajeno al negocio), designas beneficiario a los socios antiguos y nuevos en las participaciones que se decidan, y como fideicomisarios a los socios nuevos y viejos de acuerdo al proyecto de distribucion, xx cantidad de departamentos o lotes para cada uno.
Nose si te es util mi opinion, pero esta interesante el caso que planteas.
Saludos
"

+Ver post citado
Estos deben pagar con sus propios bienes, sea efectivo o bienes propios de cada uno. No pueden pagar con bienes de terceros sus propias deudas. El tercero sería la sociedad.

Lo que se puede hacer es garantizar la deuda que tienen ellos con los bienes de la sociedad, o sea la sociedad garantiza la deuda de los cesionarios mediante aprobación correspondiente por asamblea de socios.
Exacto esa es la idea.En la misma cesion referenciando y garantizando la deuda atraves de hipoteca de 1er grado a favor de los ex socios? o la cesion podria ser nula?Despues Acta de designacion socio gerente+Acta de los nuevos socios en el libro reconociendo la garantia hipotecaria hacia los ex socios.

Sin Definir Universidad
leonsio Ingresante Creado: 14/07/11
Empezado por mati_mitre

"La solucion la vas a encontrar seguramente en la Ley de Sociedades Comentada de Horacio Roitman. En el articulo comentado de tranferencias de cuotas de srl estaba todo muy bien explicado."

+Ver post citado
Gracias por tu aporte!

Sin Definir Universidad
eribotta Premium II Creado: 14/07/11
Si pero quien aprueba la garantía en el acta. Hoy los socios son A Y B, ellos venden y se auto garantizan con el inmueble, y los cesionarios aprueban?...
A y B venden, C y D compran y como nuevos socios se comprometen a dar en garantía por la deuda el inmueble. Luego se hace asamblea y aprueban garantía hipotecaria y se inscribe...
Y al terminar la construcción en concepto de que le tramsferis los inmuebles?... Pago de la deuda de los socios?...
Fijate un Fideicomiso esa es una figura muy utilizada en la construcción.

Saludos.

Sin Definir Universidad
leonsio Ingresante Creado: 14/07/11

A y B venden, C y D compran y como nuevos socios se comprometen a dar en garantía por la deuda el inmueble. Luego se hace asamblea y aprueban garantía hipotecaria y se inscribe...
Seria asi, el tema es, que en la cesion esta el precio de las cuotas, q es el precio de la operacion, y una parte se entraga en efectivo y la otra en una promesa de M2,pero la obligacion en la cesion es del socio y segun tengo entendido la sociedad no puede contraer una obligacion directa q es del socio,el socio debiera pagar en efectivo o la hipoca debiera constituirse sobre un bien personal del socio
Y al terminar la construcción en concepto de que le tramsferis los inmuebles?... Pago de la deuda de los socios?...
Fijate un Fideicomiso esa es una figura muy utilizada en la construcción.

Al terminar la construccion los deptos ,serian tranferidos en concepto de venta de las cuotas,pago de deuda de los socios.
Te explico que no es posible entregar el terreno a un fideicomiso pq estaria alcanzado por el impuesto a las ganacias.La escritura actual es baja y cuando se haga la distruibucion y los m2 vuelvan a la sociedad, esta cuando venda pagara el 35 porciento de la escritura vieja del terreno contra las escrituras nuevas de los dptos.....
Saludos.[/quote]

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