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UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS Disposición N° 3/2005




UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS

Disposición N° 3/2005

Bs. As., 21/3/2005

VISTO el Expediente N° S01:0072322/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta N° 123 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y N° 237 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS del 4 de marzo del 2005 y la Disposición N° 1 del 11 de marzo de 2005 de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta N° 123 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y N° 237 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS del 4 de marzo del 2005, se convocó a Audiencias Públicas a los efectos de considerar los términos y condiciones de las posibles adecuaciones contractuales que fueran tratadas o, en su caso, los acuerdos preliminares arribados, entre la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y las Empresas EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S.A.) para el día 20 de abril de 2005.

Que por la Disposición N° 1 del 11 de marzo de 2005 de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS se determinó el lugar de realización de la Audiencia Pública convocada, y asimismo se habilitó el Registro de Participantes y se estableció el lugar y horario para tomar vista de las actuaciones y para inscribirse en dicha Audiencia Pública.

Que por razones de índole estrictamente operativas es necesario sustituir el lugar de realización de la mencionada Audiencia Pública, resultando necesario, en consecuencia rectificar la mencionada Disposición N° 1/05 únicamente en cuanto al lugar de realización de la Audiencia Pública convocada.

Que corresponde informar del dictado de la presente medida a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, instituida por el Artículo 20 de la Ley N° 25.561.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Artículo 5° de la Resolución Conjunta N° 123/05 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y N° 237/05 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el Artículo 1° de la Disposición N° 1 del 11 de marzo de 2005 de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS disponiendo que la Audiencia Pública convocada por Resolución conjunta N° 123 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y N° 237 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS del 4 de marzo del 2005, con relación a las empresas EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S. A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S. A.), para el día 20 de abril de 2005, se realizará en Avenida General Paz N° 12.190, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Comuníquese la presente medida a:

a) Las concesionarias EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S. A.).

b) El DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION y el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

c) El ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (E.N.R.E.).

d) La SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

e) El Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES.

f) El Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

g) Las ASOCIACIONES DE USUARIOS debidamente registradas.

h) Cualquier otra institución pública o privada cuya opinión considere relevante la SECRETARIA EJECUTIVA de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 3° — Publíquese la presente medida durante DOS (2) días en el Boletín Oficial y téngase presente lo aquí dispuesto en las publicaciones a efectuarse en DOS (2) diarios de circulación nacional y difúndase a través del sitio de internet de la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 4° — Comuníquese la presente medida a la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, conforme a lo previsto en el Artículo 20 de la Ley N° 25.561.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE GUSTAVO SIMEONOFF, Secretario Ejecutivo, Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos.

e. 23/3 N° 475.200 v. 28/3/2005

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