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Superintendencia de Servicios de Salud




Superintendencia de Servicios de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 51/2003
Modificación de la Resolución N° 559/2002, mediante la cual se implementó la creación del Programa de Recuperación de Obras Sociales en Crisis, con la finalidad de corregir un error material.
Bs. As., 29/1/2003
VISTO la Resolución N° 559/02-SSSALUD; y
CONSIDERANDO:
Que por el acto resolutivo citado en el VISTO se implementó la creación del PROGRAMA DE RECUPERACION DE OBRAS SOCIALES EN CRISIS con la finalidad de brindar, en el marco del Plan de Contingencia establecido en el Artículo 1° del Anexo C del Decreto N° 1400/01 PEN, herramientas de tipo financiero para los Agentes del Seguro de Salud que estén en condiciones de acceder a él.
Que, en virtud de los Considerandos que fundamentan su dictado, su artículo 7° dispone derogar las Resoluciones Nros. 109/00, 117/00 y 232/01 SSSALUD que establecieron procedimientos y criterios para el análisis de la información a brindar por los referidos Agentes del Seguro de Salud, de acuerdo a la normativa prevista por el mencionado decreto.
Que este Organismo advierte que se ha incurrido en un error material al consignar que el Plan de Contingencia se encuentra previsto en el "Anexo C" del Decreto N° 1400/01 PEN, debiendo expresar "Anexo III" conforme surge de dicho texto normativo.
Que, asimismo, debió disponerse respecto de la Resolución N° 109/00-SSSALUD que la derogación alcanza sólo a su Anexo II.
Que por lo expuesto se estima necesario efectuar las modificaciones pertinentes.
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 112/02-PEN y Resolución N° 035/03-SSSALUD.
Por ello,
EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase los artículos 1° y 7° de la Resolución N° 559/02-SSSALUD, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "Artículo 1° — Implementar la creación del PROGRAMA DE RECUPERACION DE OBRAS SOCIALES EN CRISIS, que tendrá como objetivo brindar —en el marco del Plan de Contingencia establecido en el Artículo 1° del Anexo III del Decreto 1400/01— herramientas de tipo financiero para los Agentes del Seguro de Salud que estén en condiciones de acceder a él" y "Artículo 7° — Derógase el Anexo II de la Resolución N° 109/00 y las Resoluciones Nros. 117/00 y 232/01 del registro de esta Superintendencia de Servicios de Salud".
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Néstor R. Vázquez.

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