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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD




SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución N° 30/2005

Bs. As., 7/1/2005

VISTO el Decreto Nº 939/00, la Resolución Nº 487/02-MS y el Expediente Nº 84226/04-SSSALUD, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Visto tramita la celebración de un Acuerdo de Colaboración entre esta Superintendencia y el HOSPITAL CENTRAL de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, cuyo objeto es tanto la provisión y el suministro de datos, como el acortamiento de los plazos de tramitación de los reclamos hospitalarios realizados en el marco del Decreto Nº 939/00 y la Resolución Nº 487/02-MS.

Que el acuerdo reviste importancia como herramienta destinada a la obtención de información sanitaria y epidemiológica que permita conformar el Conjunto Mínimo Básico de Datos de la Seguridad Social de la República Argentina, de modo de obtener estadísticas homogéneas para la implementación de políticas sanitarias con base científica.

Que en forma paralela, el cumplimiento de las disposiciones del Acuerdo permitirá acelerar los plazos de tramitación de los reclamos que el Hospital realice por prestaciones brindadas a beneficiarios de los Agentes del Seguro de Salud, en el marco del Decreto 939/00 y sus normas complementarias.

Que el Acuerdo no implica erogaciones económicas de ninguna de las partes en favor de la otra.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 145/03.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la suscripción del Acuerdo de Colaboración con el HOSPITAL CENTRAL de la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza que como Anexo forma parte integrante de este acto.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — Dr. RUBEN HUMBERTO TORRES, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

––––––––––––––––

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 13/1 N° 469.490 v. 13/1/2005

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