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Servicio Nacional de Sanidad




Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

ALGODON

Resolución 147/2002

Establécense como nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de la Fibra de Algodón Argentino a los confeccionados por la Cámara Algodonera Argentina.

Bs. As., 1/2/2002

VISTO el expediente Nº 19.793/2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que los Patrones Oficiales de Calidad Comercial de Fibra de Algodón Argentino que están en vigencia por las Resoluciones Nros. 516 del 30 de diciembre de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL y 710 del 18 de septiembre de 1997 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, han dejado de representar la Calidad Comercial de la Fibra de Algodón Argentino.

Que por tal motivo se hace necesario confeccionar nuevos Patrones Oficiales que reflejen las características comerciales actuales de la producción nacional de fibra de algodón.

Que en concordancia con lo expuesto, la CAMARA ALGODONERA ARGENTINA con la colaboración técnica de los servicios especializados del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través de la Dirección de Calidad Agroalimentaria, ha confeccionado nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de Fibra de Algodón Argentino, que representan fehacientemente la Calidad de la Producción Algodonera Argentina.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 394 del 1º de abril de 2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Establécense como nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de la Fibra de Algodón Argentino a los confeccionados por la CAMARA ALGODONERA ARGENTINA, con la colaboración técnica de la Dirección de Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Estos patrones están compuestos por SIETE (7) grados de calidad denominados B, C, C1/2, D, D1/2, E y F, correspondiendo la mejor calidad al grado B y la más baja al grado F.

Art. 2º — Los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de la Fibra de Algodón Argentino, rubricados por la Dirección de Calidad Agroalimentaria, serán mantenidos en custodia en esa Dirección.

Art. 3º — Las copias de los nuevos Patrones Oficiales de Calidad Comercial de la Fibra de Algodón Argentino referidas en el artículo 1º de la presente resolución, debidamente rubricadas por el funcionario autorizado, serán los únicos patrones que se tendrán en cuenta en las Cámaras y Mercados de algodón, y a ellos deberán referirse los certificados que se otorguen, las cotizaciones oficiales que se realicen y las transacciones de fibra de algodón para consumo interno y exportación.

Art. 4º — Exceptúanse de lo dispuesto en el artículo precedente las operaciones concertadas sobre muestras especiales utilizadas de buena fe y sin intención de substituir o evadir dichos Patrones Oficiales.

Art. 5º — Los Patrones oficiales que por esta resolución se oficializan, regirán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º — A partir del momento de vigencia de estos Patrones perderán su validez los oficializados hasta la presente resolución.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Bernardo G. Cané.

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