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Secretaría General CONGRESOS Resolución 413/2005 Declárase de interés nacional el II Congreso Internacional de la Asociación de Entidades de Control Público del Mercosur (ASUR), a realizarse en la ciudad capital de la provincia de Salta




Secretaría General

CONGRESOS

Resolución 413/2005

Declárase de interés nacional el II Congreso Internacional de la Asociación de Entidades de Control Público del Mercosur (ASUR), a realizarse en la ciudad capital de la provincia de Salta.

Bs. As., 11/4/2005

VISTO la actuación 99422.05.1.7 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION donde tramita la solicitud de declarar de interés nacional al II Congreso Internacional de la Asociación de Entidades de Control Público del MERCOSUR (ASUR), y

CONSIDERANDO:

Que este evento es organizado por la Auditoría de la Provincia de Salta, esperándose la asistencia de representantes de diversas entidades de Control Público del MERCOSUR, los que participarán en debates, exposiciones y conferencias sobre temas referentes a los mecanismos, alcances e implementación de los Organos de Control Público.

Que se espera que este Congreso contribuya a enseñar, difundir y optimizar las formas en que la administración pública puede ser mejorada en su capacidad de gestión.

Que la jerarquía de los organizadores y los objetivos perseguidos con la realización del Congreso, hacen merecer el presente pronunciamiento.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que corresponde dictaminando en forma favorable.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º; inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Declárase de interés nacional al II Congreso Internacional de la Asociación de Entidades de Control Público del MERCOSUR (ASUR), a realizarse del 18 al 20 de mayo de 2005 en la ciudad capital de la Provincia de Salta.

Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

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